Facultades amplias español-ingles
De una manera enunciativa, pero no limitativa, los apoderados tendrán las siguientes facultades:
a).- La enumeradas en el artículo siete punto ochocientos seis del Código Civil del Estado de México, en su correlativo artículo dos mil quinientosochenta y siete del Código Civil para el Distrito Federal y en las disposiciones correlativas de los Códigos Civiles de la República Mexicana, excepto la facultad de hacer cesión de bienes, por lo que en consecuencia podrán:
I.- Desistirse;
II.- Transigir;
III.- Comprometer en árbitros;
IV.- Articular y absolver posiciones;
V.- Recusar; y
VI.-Recibir pagos.
b).- Para representar ala sociedad mandante, dentro de sus facultades, ante particulares y ante toda clase de autoridades, locales o federales, del orden civil, penal, administrativo del trabajo, inclusive ante juntas de conciliación y juntas de conciliación y arbitraje, y expresamente para comparecer en procedimientos laborales en la etapa conciliatoria a que se refiere el artículo ochocientos setenta y seis de la LeyFederal del Trabajo, en la que podrán transigir, arreglarse y convenir a fin de poner término a los juicios.
c).- Para promover y desistirse de toda clase de juicios, instancias y recursos, incluyendo el juicio de amparo.
d).- Para presentar y ratificar denuncias y querellas de carácter penal, constituirse en coadyuvante del Ministerio Público y otorgar el perdón cuando proceda.Asimismo, tendrá las facultades de representación patronal conforme y para los efectos de los artículos once, cuarenta y seis, cuarenta y siete, ciento treinta y cuatro fracción tercera, quinientos veintitrés, seiscientos noventa y dos fracciones primera, segunda y tercera, setecientos ochenta y seis, setecientos ochenta y siete, ochocientos setenta y ocho, ochocientos ochenta, ochocientos ochenta ytres y ochocientos ochenta y cuatro de la Ley Federal del Trabajo; el poder que se otorga y la representación patronal que se confiere, se ejercitará conforme a las siguientes facultades que se enumeran en forma enunciativa y no limitativa:
a).- Actuar ante o frente al o los sindicatos con los cuales existan celebrados contratos colectivos de trabajo; ante o frente a los trabajadores personalmenteconsiderados y, en general, para todos los asuntos obrero- patronales y para ejercitarse ante cualquiera de las autoridades del Trabajo y Servicios Sociales a que se refiere el artículo quinientos veintitrés de la Ley Federal del Trabajo.
b).- Comparecer ante las Juntas de Conciliación y las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sean locales o Federales, en consecuencia, llevará larepresentación patronal para los efectos de los artículos once, cuarenta y seis y cuarenta y siete de la Ley Federal del Trabajo y también la representación legal de la Sociedad para los efectos de acreditar la personalidad y la capacidad en juicios o fuera de ellos en los términos de los artículos seiscientos noventa y dos fracciones segunda y tercera; podrán comparecer al desahogo de pruebas confesionales enlos términos de los artículos setecientos ochenta y siete y setecientos ochenta y ocho de la Ley Federal del Trabajo.
c).- Articular y absolver posiciones y desahogar las pruebas en todas sus partes; podrán señalar domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, en los términos del artículo ochocientos setenta y seis de la Ley Federal del Trabajo; podrán comparecer con el...
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