FALLO CONSEJO DE ESTADO LICENCIASPDF

Páginas: 31 (7548 palabras) Publicado: 28 de abril de 2015
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
Consejero Ponente: ALBERTO YEPES BARREIRO

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil catorce (2014)

Radicación número:

68001-23-33-000-2013-00846-01

Demandante:

Luis Carlos Cáceres Suárez

Demandados:

Municipio de San Juan de Girón (Santander) y otro

Impugnación – Acción de Cumplimiento

La Sala se pronunciasobre la impugnación presentada por el municipio de San
Juan de Girón (Santander) y el Ministerio de Transporte contra la providencia de 7
de octubre de 2013, mediante la cual el Tribunal Administrativo de Santander,
accedió a las pretensiones de la demanda y ordenó a la alcaldía de Girón y a la
Secretaría de Tránsito y Transporte de dicho ente municipal, la expedición gratuita
de las licencias deconducción a quienes estén obligados a sustituirla por no
cumplir con las condiciones técnicas previstas en el artículo 17 de la Ley 769 de
2002.
I. ANTECEDENTES
1.1.

Demanda

El señor Luis Carlos Cáceres Suárez ejerció la presente acción contra el municipio
de San Juan de Girón (Santander) para que se cumpliera lo dispuesto por los
parágrafos 1° y 2° del artículo 17 de la Ley 769 de 2002,modificado por los
artículos 4° de la Ley 1383 de 2010 y 244 de la Ley 1450 de 2011, de conformidad
con los cuales las entidades demandadas están obligadas a realizar la sustitución
gratuita de las licencias de conducción que no cumplan con los requisitos técnicos
establecidos en la Ley 769 de 2002 y la Resolución 623 de 2013 proferida por el
Ministerio de Tránsito y Transporte.
1.2.

Hechos

 Losparágrafos 1° y 2° del artículo 17 de la Ley 769 de 2002, modificados
por los artículos 4° de la Ley 1383 de 2010 y 244 de la Ley 1450 de 2011,

2

Acción de cumplimiento
Número de radicado: 68001-23-33-000-2013-00846-01
Actor: Luis Carlos Cáceres Suárez

señalaron que en los cuarenta y ocho (48) meses siguientes a la entrada en
vigencia de dicha norma, se debían cambiar de forma gratuita las licenciasde conducción que no cumplían con las condiciones técnicas previstas por
la ley y el reglamento que para el efecto expida el Ministerio de Transporte.
Los parágrafos son del siguiente tenor:

“PARÁGRAFO 1°: Quien actualmente sea titular de una licencia de
conducción, que no cumpla con las condiciones técnicas establecidas en
el presente Artículo y en la reglamentación que para tal efecto expida elMinisterio de Transporte, deberá sustituirla en un término de cuarenta y
ocho (48) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley,
de conformidad con lo previsto por el artículo 15 de la Ley 1005 de 2006.
Para tal efecto, deberá presentar paz y salvo por infracciones de tránsito.
Por razones de seguridad vial, las personas que tengan licencias con
más de 5 años de expedición,deberán realizarse los respectivos
exámenes médicos.
“PARÁGRAFO 2° Para garantizar la gratuidad del cambio de licencias se
autoriza a los organismos de tránsito descontar, por una sola vez, una
suma igual a 1 salario mínimo, legal diario vigente (smdv), por cada
licencia expedida, de los recursos que obligatoriamente debe transferir al
Ministerio de Transporte por concepto de especies venales”.

 Encumplimiento de lo establecido en la norma antes mencionada, la
Subdirectora de Tránsito del Ministerio del Transporte expidió la Resolución
00623 de 2013 “por medio de la cual se adopta la Ficha Técnica del Formato
Único Nacional para licencia de conducción y se dictan otras disposiciones” y

definió los criterios técnicos que debían tener las licencias de conducción
expedidas a partir del 15 dejulio de 2013.

 La Secretaría de Tránsito del municipio de San Juan de Girón (Santander),
el 16 de julio de 2013 con fundamento en la circular MT 20134200243441
de 10 de julio de 2013, empezó un proceso de renovación de las licencias
de conducción de quienes conducían vehículos particulares con una
licencia de conducción vencida para operar servicio público.

 En los términos de la demanda, el...
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