Fallo Corte Interamericana De Derechos Humanos
Comisión Interameamerica de Derechos Humanos
17/09/2010
DEMANDA DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CONTRA EL ESTADO DE CHILE
CASO 12.502
I. INTRODUCCIÓN
1. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la "Comisión Interamericana", "la Comisión", o "la CIDH"), somete ante la CorteInteramericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte Interamericana" o "la Corte") la demanda en el caso 12.502, K. A. e hijas, en contra del Estado de Chile (en adelante el "Estado chileno", "el Estado" o "Chile") por el trato discriminatorio y la interferencia arbitraria en la vida privada y familiar que sufrió la señora K. A. debido a su orientación sexual en el proceso judicial que resultó en elretiro del cuidado y custodia de sus hijas. El caso también se relaciona con la inobservancia del interés superior de las niñas M., V. y R., cuya custodia y cuidado fueron determinados en incumplimiento de sus derechos y sobre la base de prejuicios discriminatorios e incompatibles con las obligaciones de Chile en materia de derechos humanos.
2. La Comisión le solicita a la Corte Interamericanaque establezca la responsabilidad internacional del Estado chileno, el cual ha incurrido en la violación de los arts. 11 (derecho a la vida privada y familiar); 17 (derecho a la familia); 19 (protección especial de las niñas); 24 (derecho a la igualdad y no discriminación); y 8 y 25 (derecho a las garantías judiciales y protección judicial), en relación con las obligaciones establecidas en elart. 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante "la Convención Americana" o "la Conversión").
3. El presente caso ha sido tramitado de acuerdo con lo dispuesto por la Convención Americana y se presenta ante la Corte de conformidad con la disposición transitoria contenida en el art. 79(2) del Reglamento de la Corte. Se adjunta a esta demanda, como apéndice, una copia delinforme 139/2009 elaborado en observancia del art. 50 de la Convención (1).
4. La Comisión somete el caso a la jurisdicción de la Corte Interamericana con base en que el Estado de Chile no ha dado cumplimiento efectivo a las recomendaciones del informe 139/2009. La Comisión considera que el presente caso le permitirá a la Corte Interamericana pronunciarse por primera vez sobre la discriminacióncon base en la orientación sexual bajo la Convención Americana, y sobre el uso de prejuicios discriminatorios en el ejercicio del poder público, en particular, en la resolución judicial de asuntos familiares. Asimismo, la Corte Interamericana podrá pronunciarse sobre la orientación sexual como un aspecto esencial de la vida privada de las personas que, como tal debe permanecer exento deinterferencias arbitrarias.
II. OBJETO DE LA DEMANDA
5. El objeto de la presente demanda consiste en solicitar respetuosamente a la Corte que concluya y declare que
a) El Estado de Chile es responsable por la violación del derecho a la igualdad y no discriminación, establecido en el art. 24 de la Convención Americana en relación con las obligaciones consagradas en el art. 1.1 del mismo instrumento,en perjuicio de K. A.;
b) El Estado de Chile es responsable por la violación del derecho a la vida privada consagrado en el art. 11.2 de la Convención Americana en relación con las obligaciones consagradas en el art. 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de K. A.; c) El Estado de Chile es responsable por la violación del derecho a la vida privada y familiar y a la familia, establecidos en losarts. 11.2 y 17.1 de la Convención Americana en relación con las obligaciones consagradas en el art. 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de K. A. y M., V. y R.;
d) El Estado de Chile es responsable por el incumplimiento de sus obligaciones de protección especial de las niñas y de asegurar la igualdad de derechos de los cónyuges tras la disolución de un matrimonio, consagradas en el los...
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