Fallo Del olio
1°) Que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 12 de Capital Federal resolvió Cen lo pertinenteC condenar a Juan Carlos Del'Olio a la penade dos años de prisión en suspenso y costas, como coautor penalmente responsable del delito de defraudación por administración fraudulenta. El fiscal había solicitado la libre absolución deljusticiable.
2°) Que la defensa interpuso contra el fallo recurso de casación que fue desestimado; luego acudió en queja Cque tampoco prosperóC y finalmente dedujo la apelación extraordinaria federal, quedeclarada inadmisible derivó en esta presentación directa.
3°) Que se agravió la parte Centre otros aspectosC porque la sentencia condenatoria violó la garantía de la defensa en juicio y el debidoproceso, pues se dictó sin mediar acusación fiscal válida. Como la querella no respondió la vista que prevé el art. 346 del código adjetivo en el momento procesal oportuno, el juez de instrucción le diopor decaído el derecho. Si bien esta circunstancia no le imposibilitó ejercer los derechos procesales ulteriores, sí debió privarla de alegar al concluir el debate, pues se trató de un acto que seorientó a integrar un reproche que, de su parte, no había tenido lugar en tiempo apropiado.
4°) Que el recurso extraordinario es procedente pues se ha puesto en tela de juicio el alcance del art. 18 de laConstitución Nacional Cpor inobservancia de las formas -2- sustanciales del juicioC y la decisión ha sido contraria a la pretensión que la recurrente sustentó en él, lo que configura, en los términosque prevé el art. 14 de la ley 48, una cuestión federal suficiente.
5°) Que tiene dicho esta Corte en el precedente "Santillan" CFallos: 321:2021C que la exigencia de la acusación, como forma...
Regístrate para leer el documento completo.