Fallo Reger De Maschio
Hechos:
A raíz de un accidente de tránsito fallece Sergio Maschio, en Punta del Este – Uruguay. La madre y la hermana de lavíctima inician acción por indemnización por daño material y moral contra el conductor del vehículo (menor de edad) y también contra el padre delconductor, domiciliado en la República Argentina.
Cuestión Controvertida:
Calificación del domicilio dentro del tratado de Montevideo de 1940 y domiciliode incapaces en razón de la minoridad.
Resolución:
El tribunal sostiene por aplicación del art. 1 del Tratado de Montevideo de 1940, que la ley quedebe determinar si una persona es menor de edad y se encuentra sometida a la patria potestad es la ley de su domicilio, y aplica para determinarlo, lascalificaciones autárquicas contenidas en el art. 5 (el domicilio civil de una persona física, en lo que antañe a las relaciones jurídicasinternacionales, se determina en primer lugar por la residencia habitual en un lugar con ánimo de permanecer en él) y al art.7 (el domicilio de las personasincapaces sujetas a la patria potestad, curatela o tutela, es el de sus representantes legales). Por ello resulta aplicable, para determinar la capacidad yejercicio de la patria potestad, la ley argentina.
El conductor del vehículo era menor de edad al momento del accidente y vivía sujeto a la patriapotestad del padre (ya que vivía con él y el padre vivía en Argentina), es por eso que resulta aplicable para resolver la cuestión la ley argentina.
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