Fallo RIOPAR
1) Identifique la cuestión controvertida en el presente fallo.
La cuestión controvertida en el fallo de análisis surge a partir del pedido de un juez de Uruguay, a través de unarogatoria al juez argentino, para que éste último librara oficio al Registro Nacional de Buques para la cancelación de la hipoteca naval que gravaba las embarcaciones subastadas en remate, por ordendel juez extranjero dictada en autos “Riopar S.R.L. c. Transportes Fluviales Argenrío s/ cobro de guaraníes”. El acreedor hipotecario había sido notificado por medio de oficio de la sentencia deremate. Ante esto, se origina la cuestión de reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, cuestión que la Corte termina resolviendo, negando el libramiento del oficio al Registro Nacional deBuques, por no cumplir esta sentencia con los recaudos necesarios y atentar contra el Orden Público Internacional argentino.
2) ¿Cuál es la normativa aplicable al caso? ¿Por qué?
La normativa aplicableal caso es la que surge del Tratado de Derecho Procesal Internacional de Montevideo de 1940 y la Convención Interamericana sobre eficacia extraterritorial de las sentencias y laudos arbitralesextranjeros, ya que son los tratados que unen a ambos Estados.
3) ¿Qué opinión le merece el tratamiento del orden público internacional por la Corte Suprema en este pronunciamiento?
Me parece muyacertado el Tratamiento del Orden Público Internacional por parte de la Corte en este caso. Ya que si bien debe existir una cooperación judicial internacional para otorgar seguridad y continuidad a lasrelaciones jurídicas en el espacio, esta cooperación debe tener como límite la afectación a los principios fundamentales que en un Estado constituyen el OPI. El orden público internacional debefuncionar como un mecanismo de excepción, como un límite hacia la ley extranjera, y en consecuencia, como una forma para paralizar el reconocimiento o ejecución de un acto jurisdiccional extranjero cuando...
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