Fallo Tanus
El Director de la institución mencionada considera como imposible dentro del marco legal vigente acceder a la petición de la actora, mas aclara que de así decidirlo el órganojurisdiccional competente, no habría inconveniente en proceder con el acto médico de interrupción del embarazo.
Entre la prueba documental de rigor, la actora adjunto su evaluación psicológica y del grupofamiliar, que concluye que la situación era altamente traumática pudiendo soportar consecuencias de daño psíquico.
El asesor tutelar solicito el rechazo de la acción, pues entendió que se trataba de uncaso de eutanasia involuntaria y que aquello solicitado era una práctica abortiva; defendiendo así los derechos de la persona por nacer.
La jueza interviniente se declaro incompetente, pero la Sala Ide la Cámara revoco la decisión y dispuso realización de audiencia.
En la audiencia, el Dr. Illia expreso la viabilidad NULA de vida del feto al separarse del seno materno. Además añadió que ningúnrecién nacido en estas características recibe tratamiento por esta misma imposibilidad. Señalo también que la interrupción de un embarazo antes de las 20 semanas es aborto, mas en este caso, la madreya llevaba 26.
El tribunal de primera instancia rechazo la acción de amparo.
La cámara confirmo la sentencia apelada.
Frente a la anterior decisión, Tanus interpuso recurso de inconstitucionalidadDERECHO: Derecho a la salud y Protección integral de la familia
OBITER DICTUM:
* Como cuestión general, todos aceptaron la viabilidad procesal del recurso.
Juez Maier: El aborto debe...
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