Fallo

Páginas: 26 (6416 palabras) Publicado: 26 de junio de 2012
FALLO DE LA CSJN. DECLARACIÓN DE INCOSTITUCIONALIDAD DEL ART. 46 INC. 1 DE LA LRT.

7/9/2004. Ley de Riesgos del Trabajo. Competencia Federal. Apelación de los dictámenes de comisiones médicas. Inconstitucionalidad del art. 46 inc. 1 LRT. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos: "Castillo, Angel Santos c/ Cerámica Alberdi S.A." (C. 2605. XXXVIII) declaró la inconstitucionalidad de laLey de Riesgos del Trabajo (art. 46, inc. 1) en cuanto dispone la competencia federal y determinó que la justicia provincial debe entender en las apelaciones presentadas contra dictámenes de las comisiones médicas. Sumario: "El citado Art. 46, inc. 1, de la Ley de Riesgos del Trabajo, censurado por el a quo fundamentalmente con base en el Art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional yjurisprudencia de esta Corte, dispone: "Las resoluciones de las comisiones médicas provinciales serán recurribles y se sustanciarán ante el juez federal con competencia en cada provincia ante el cual se formulará la correspondiente expresión de agravios o ante la Comisión Médica Central a opción de cada trabajador [...] Las resoluciones que dicte el juez federal con competencia en cada provincia y las quedicte la Comisión Médica Central serán recurribles ante la Cámara Federal de la Seguridad Social"." "Desde su instalación, la Corte ha sostenido que la competencia de los tribunales federales es, por su naturaleza, restrictiva, de excepción y con atribuciones limitadas a los casos que menciona el Art. 100 -actual Art. 116(Fallos: 1: 170; 190:170; 283:429 y 302:1209, entre muchos otros), tal como,por lo demás, lo establece la ley 27, e incluso la ley 48 para lo concerniente a la competencia apelada extraordinaria del Tribunal (Art. 15)." "La reforma de la Constitución Nacional producida en 1994 no ha hecho más que profundizar este principio arquitectónico de nuestro orden constitucional, al precisar, como ya lo había puesto en claro la jurisprudencia del Tribunal (Fallos: 248:781, 782,considerando 1°, sus citas y otros), que el dictado de las normas mentadas en el Art. 75, inc. 12, podía asumir, sin mengua de su naturaleza común, la forma de cuerpos "unificados o separados"." "No es constitucionalmente aceptable que la Nación pueda, al reglamentar materias que son como principio propias del derecho común, ejercer una potestad distinta de la que específicamente le confiere el citadoArt. 75, inc. 12. Lo contrario implicaría tanto como reconocer que las pautas limitativas que fija la Constitución Nacional cuando se trata de derecho común, referentes a la no alteración de las jurisdicciones locales y a la aplicación de esas leyes por los tribunales de provincias si las cosas o las personas cayeren bajo sus

respectivas jurisdicciones, pueden ser obviadas por la sola voluntaddel legislador (Fallos: 271:206, 209, considerando 4°)." "La Ley de Riesgos del Trabajo, en primer lugar, no contiene disposición expresa alguna que declare federal el régimen de reparaciones sub lite (doctrina de Fallos: 248:781, 783, considerando 3°). Además, parece indudable que el régimen procesal que instrumenta el impugnado Art. 46, inc. 1, no puede revestir, si de intencionalidad inequívocase trata, un carácter siquiera indicativo. En segundo término, un doble orden de circunstancias surge con toda nitidez a los fines del sub discussio: la citada ley, por un lado, regula sustancialmente sólo relaciones entre particulares, y, por el otro, de sus preceptos no aparece manifiesta la existencia de una específica finalidad federal para sustentar una declaración de tal naturaleza (ídemparéntesis anterior). En tal sentido, la aparición de las aseguradoras de riesgos del trabajo como nuevo sujeto en los nexos aludidos, lejos de enervar este aserto lo consolida, desde el momento en que aquéllas son "entidades de derecho privado" (ley 24.557, Art. 26, inc. 1)." "Si a todo ello se suma que la mencionada ley no tuvo otro objeto, para lo que interesa, que establecer, bien que bajo...
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