fallo

Páginas: 14 (3326 palabras) Publicado: 13 de febrero de 2014
Carmen de Cantón (1936)
Fallos 175:371

14 de agosto de 1936

(REVOCACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO)


El Poder Ejecutivo había revocado la jubilación de la que se derivaba el derecho de pensión de la actora, revocación que se había basado en la existencia de errores de cómputo. El agravio se había basado en el argumento de que el beneficio era irreversible e irrevocable por el mismopoder que lo otorgó, principio que la Corte acogió sentando la regla de estabilidad de los actos administrativos reglados (“fundados en derecho claramente sancionado por la ley”).

“La perennidad de lo inestable en materia de derecho administrativo carece de base legal y justiciera”, dijo la Corte. Aclaró que la revocación podía ser procedente “cuando se obra en virtud de facultades discrecionales”y “cuando, aun actuando y decidiendo en virtud de facultades regladas, el interés público (...) reclame una modificación del status creado al amparo del acto administrativo”, precisando además que en este último caso podría surgir la obligación de indemnizar al particular afectado por la revocación.



Fallo de la Corte Suprema

Y Vistos:

Los del juicio promovido por doña Elena Carmen deCantón contra el Gobierno de la Nación para que, en su carácter de viuda del Dr. Eliseo Cantón, se le otorgue el beneficio que cree corresponderle de acuerdo con los arts. 41 y siguientes. de la ley N°4.349 y 13 de la ley N° 4.870, es decir, la pensión de $ 667.30 m/n.; juicio venido en tercera instancia ordinaria por apelación interpuesta por la actora contra la sentencia de la Cámara Federal deApelación de la Capital, que desestimó su demanda, de conformidad con lo dispuesto por el inc. 2° del art. 3° de la ley N° 4055.

Considerando:

1. Que el Dr. Eliseo Cantón (h.) encontrándose en ejercicio de los cargos de decano y profesor de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires; solicitó su jubilación ordinaria en agosto de 1912, llenando los recaudos que preceptúan laley N°4.349 y su decreto reglamentario de octubre 19 de 1904 -fs. 2 a 8- del expediente administrativo de la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones, año 1912, letra C, N° 181. Dado a la solicitud el trámite legal y reglamentario pertinente con todos los informes del caso –fs.10/19- la Caja declaró probados los extremos necesarios y acordó la jubilación ordinaria en febrero 7 de 1913 –fs.20- laque fué aprobada por el Poder Ejecutivo por decreto del 28 del mismo mes y año –fs.24-. En 1927, la Comisión Revisora de Pensiones Militares, de cuyo beneficio también gozaba el Dr. Cantón por decreto de mayo 19 de 1926, fundado en la ley 11.295 –fs.53- encontró errores de apreciación en el cómputo de servicios militares del aludido –fs.67-, pero el Ministerio de Marina desestimó ese dictamen–fs.77-, no obstante lo cual y por otros errores advertidos por la Contaduría General –fs.82-, se iniciaron tramitaciones de esclarecimiento con intervención del beneficiario quien aportó nuevos elementos de juicio para demostrar que había llenado el máximum de servicios, no sin antes advertir que había prestado veinticuatro años de servicios como diputado nacional, que no mencionó al solicitar lajubilación, y que, además, había a su respecto, cosa juzgada –fs.91 y 116 respect.-.
A pesar de haber urgido, más de una vez, el trámite de la incidencia, jamás la Caja ni el Poder Ejecutivo se pronunciaron en vida del Dr. Cantón, y fue recién en 1931 al presentarse la legítima viuda, Sra Elena Carman de Cantón, que la nueva administración de la Caja, previa vista al asesor legal de la misma, declaróimprocedente la revisión de la jubilación –fs.146/153-. El Procurador General de la Nación dictaminó a fs.172 en sentido favorable a la resolución de la Caja, pero el Poder Ejecutivo, por resolución de agosto 20 de 1932, declaró que procedía la revisión de la jubilación de Cantón, por existir errores de hecho –fs.198-, y en junio 20 de 1933 se dejó sin efecto el decreto del 28 de febrero de 1913...
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