Faltas en jornada de trabajo
De acuerdo con los art?los 60 y 61 de la LFT son tres las jornadas de labores:
• diurna: contempla ocho horas y se ubica entre las seis y las 20 horas, lo que arroja un total de 48a la semana, considerando seis d? de labores y uno de descanso
• nocturna: es la que comprende siete horas de trabajo y se genera entre las 20 y seis horas del d?siguiente, sumando as?2 a la semana,y
• mixta: abarca siete horas y media; incluye lapsos de las jornadas diurna y nocturna, siempre que ?a ?ma no rebase de tres horas y media, pues en tal caso, se reputar?omo nocturna. Esta jornadaes de 45 horas de labores semanales
Es merecido que los trabajadores que prestan sus servicios a alguna empresa, por cada seis días de trabajo les corresponda uno de descanso, postulado contempladoen el artículo 70 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Sin embargo, entre el sector patronal aún existen dudas respecto al tratamiento que debe recibir un trabajador que por alguna razón se ausentóde su trabajo injustificadamente.
Ante tal situación se deben aplicar al colaborador dos descuentos específicos el:
• equivalente a su inasistencia, pues al no haber laborado, no devengó el salariodiario (numeral 82 de la LFT), y
• proporcional del día de descanso a que tiene derecho por cada día laborado, esto es, una sexta parte del séptimo día (artículo 72 de la LFT).
A guisa de ejemplo delo anterior, si un trabajador que gana $700.00 semanales no se presenta a laborar, el patrón debe descontarle el salario del día no devengado (trabajado) y la parte proporcional del séptimo día enlos siguientes términos:
FÓRMULA
Salario semanal $700.00
Menos: Salario de día no laborado 100.00
Igual: Subtotal $600.00
Menos: Descuento de parte proporcional de día de descanso comoconsecuencia del día no laborado 1/6=0.166X$100.00 16.66
Igual: Pago semanal $583.34
Debe aplicarse tratamiento semejante cuando se trate de las faltas de los trabajadores que descansen en lugar de un día...
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