Familia emsambladas
AREQUIPA
EDGAR COHELLO CESARDO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los quince días del mes diciembre de mil novecientos noventa y nueve, reunido el TribunalConstitucional, en sesión de Pleno Jurisdiccional, con asistencia de los señores Magistrados: Acosta Sánchez, Presidente; Díaz Valverde, Vicepresidente; Nugent y García Marcelo, pronuncia sentencia:ASUNTO:
Recurso de Nulidad entendido como Recurso Extraordinario interpuesto por don Marcial Fernando Carpio Talavera a favor de don Edgar Cohello Cesardo y otros y contra la Resolución expedida por laPrimera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de fojas ciento cincuenta y tres, su fecha diecisiete de setiembre de mil novecientos noventa y nueve, que declaró improcedente laAcción de Hábeas Corpus.
ANTECEDENTES:
Don Marcial Fernando Carpio Talavera interpone Acción de Hábeas Corpus a favor de don Edgar Cohello Cesardo, y los menores K.C.R y J.C.R y contra don Pedro BernalPérez, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Familia de Arequipa. Sostiene el promotor de la presente acción de garantía que el Juez emplazado se niega a resolver el pedido de sobreseimiento y conclusióndel proceso de sentencia y medida cautelar que prohíbe a los referidos menores, "siendo extranjeros y no domiciliados en el Perú", salir del país, no obstante haber variado la situación jurídica delos menores a mérito de la sentencia expedida por el Juzgado de Letras de Familia de San Pedro de Sula de la República de Honduras, que declaró la pérdida de la patria potestad de doña Ada MilagrosRivera Murillo sobre sus menores hijos K.C.R y J.C.R, otorgándose la patria potestad exclusiva al padre de los menores, don Edgar E. Cohello Cesardo, situación que conlleva la violación de los derechosconstitucionales del debido proceso, libertad personal y libre tránsito en agravio de los beneficiarios.
Realizada la investigación sumaria, el Juez emplazado rinde su declaración explicativa y...
Regístrate para leer el documento completo.