Farmaceutica
ISSN: 0377-4732
PUBLICACIÓN OFICIAL
DE LA
ASOCIACIÓN NACIONAL
DE
MÉDICOS FORENSES
REVISTA ESPAÑOLA DE
REVISTA ESPAÑOLA DE
MEDICINA LEGAL
www.elsevier.es/mlegal
MEDICINA LEGAL
Volumen Número Mayo-Agosto 2010
36
2
Fundada en 1974
EDITORIAL
La data de la muerte, un desafío no resuelto
NOTA EDITORIAL
Sobre la nueva leyde la interrupción voluntaria del embarazo
ORIGINALES
Cálculo del tiempo de inmersión de los cadáveres hallados en el agua: evaluación de un método frecuente para calcular el intervalo de tiempo mínimo de inmersión Muerte por síndrome de delirium agitado en Andalucía Evaluación mediante el Inventario MCMI-III de mujeres víctimas de maltrato psicológico por parte de su anterior pareja
CASOSMÉDICO-FORENSES
Un caso de muerte por ingestión masiva de clotiapina Ependimoma como causa de muerte súbita en una niña donante de órganos
MEDICINA FORENSE PRÁCTICA
Determinación de la data en el período precoz de la muerte: métodos instrumentales
MEDICINA LEGAL EN IMÁGENES
Nuevas armas, nuevas lesiones FE DE ERRORES
www.elsevier.es/mlegal
NOTA EDITORIAL
Sobre la nueva ley deinterrupción voluntaria del embarazo
About the new law of voluntary termination of pregnancy
Josep Arimany Manso a,* y Màrius Morlans Molina b
a b
Director del Área de Praxis, Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB), Barcelona, España Presidente de la Comisión de Deontología, Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB), Barcelona, España
El pasado 5 de julio de 2010 entró en vigorla Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE)1. Posteriormente se aprobó el Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de dicha ley2. En la ley actual, el aborto se ha convertido de facto en un derecho de la mujer, en que se consideran dos aspectos fundamentales: una ley de plazos en que la mujer puedeproceder, libremente y sin supervisión de terceros, a la IVE en las primeras 14 semanas de gestación, con sólo dos requisitos previos, que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad y que haya un periodo previo de reflexión de 3 días desde la información a la práctica de la intervención; y en un segundo supuesto, la mujer puederealizar la IVE hasta la semana 22 por una causa médica, es decir, siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido, con anterioridad a la intervención, por un médico especialista distinto del que practique o dirija la intervención. También se determina en la ley la IVE cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y asíconste en un dictamen emitido, con anterioridad a la intervención, por un médico especialista distinto del que practique la intervención o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme el Comité Clínico (artículo 15). El Real Decreto 825/2010 regula las especificidades de funcionamiento del Comité Clínico y se concede unplazo de
* Autor para correspondencia. Correo electrónico: josep.arimany@comb.cat (J. Arimany).
4 meses para adaptarse a los nuevos requisitos. El Comité Clínico se configura como un órgano colegiado de carácter consultivo, está compuesto por un equipo multidisciplinario integrado por dos médicos especialistas en ginecología y obstetricia o expertos en el diagnóstico prenatal y un pediatra. Encada comunidad autónoma habrá al menos un comité clínico en un centro de la red sanitaria pública. La designación deberá hacerse pública en los boletines oficiales de las respectivas comunidades autónomas. Una de las novedades de la ley y posterior Real Decreto es el proceso de información previo a la IVE. Se pretende con la nueva regulación reforzar la seguridad jurídica en la regulación de la...
Regístrate para leer el documento completo.