Fe Ministerial
Novena Época
Registro: 180177
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XX, Noviembre de 2004,
Materia(s): Civil
Tesis: XVI.1o.16 C
Página: 1940
CONCURSO MERCANTIL. HIPÓTESIS EN QUE PUEDE DECLARARSE COMO SANCIÓN, AUN CUANDO NO SE DEMUESTRE QUE EL COMERCIANTE INCUMPLIÓ DEMANERA GENERALIZADA EN EL PAGO DE SUS OBLIGACIONES.
De la interpretación armónica de los artículos 9o., 10, 11, 33 y 35 de la Ley de Concursos Mercantiles, se infiere válidamente que la declaración de concurso mercantil de un comerciante procede: a) cuando se demuestra el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago; y, b) como una sanción, resultado de la omisión del comerciante deestar presente para enterarse del contenido de la orden de inspección, o bien, por haber obstaculizado la práctica de la visita a que se contrae el diverso artículo 30 del ordenamiento invocado, cuyo objetivo es determinar si se actualizan o no los requisitos necesarios para que se realice la declaración solicitada, esto es, si existe incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones,consistente en que deje de cubrir sus adeudos a dos o más acreedores distintos y que tales obligaciones vencidas tengan las características requeridas para tal efecto. En esta hipótesis, es innecesario que previamente se demuestre que el comerciante incumplió de manera generalizada en el pago de sus obligaciones, pues se trata de un castigo producto de su conducta rebelde de no proporcionar lainformación necesaria para que el visitador designado elabore su dictamen, pues con ello se impide la obtención de los datos necesarios para establecer si debe o no declararse el concurso solicitado por las personas legitimadas para ello.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 298/2004. Banco Nacional de México, S.A. 6 de agosto de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Joséde Jesús Quesada Sánchez. Secretaria: Claudia Guerrero Centeno.
Novena Época
Registro: 184682
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XVII, Marzo de 2003,
Materia(s): Civil
Tesis: I.8o.C.239 C
Página: 1703
CONCURSO MERCANTIL, DECLARACIÓN DE. PROCEDE CON BASE EN PRESUNCIONES LEGALES.
De lainterpretación armónica de los artículos 9o., 10, 11 y 43, fracción III, de la Ley de Concursos Mercantiles, se concluye que para declarar en concurso mercantil a un comerciante, es indispensable una situación de incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones, misma que existe cuando concurren las siguientes condiciones: 1. Que se trate de incumplimiento en las obligaciones de pago a dos o másacreedores distintos; 2. Que las obligaciones que tengan por lo menos treinta días de vencidas, representen por lo menos el treinta y cinco por ciento o más de todas las obligaciones a cargo del comerciante a la fecha de presentación de la demanda o solicitud de concurso; y, 3. Que el comerciante no tenga activos para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas ala fecha de presentación de la demanda. Lo anterior se corrobora atendiendo a lo previsto en el artículo 43, fracción III, de la citada ley, el cual establece que la sentencia de concurso mercantil se fundará en términos de lo establecido en el artículo 10 de la propia ley. Ahora bien, al establecer el artículo 11 de ese ordenamiento que se presumirá que un comerciante incumplió generalizadamenteen el pago de sus obligaciones, cuando se presente alguna de las situaciones que dicha disposición especifica, no hace otra cosa que reconocer que la existencia o exteriorización de determinados hechos, hace inferir el estado de incumplimiento generalizado, es decir, se trata de hechos generadores de una presunción legal, por lo que una vez acreditado plenamente el hecho que sirva de base a la...
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