Fianza ejemplo
DE LA FIANZA EN GENERAL
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 2210.- NOCION LEGAL DE LA FIANZA CIVIL. La fianza es un contrato accesorio por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor la prestación de éste, o una equivalente o inferior, en igual o distinta especie, si el deudor no la cumple.
Las fianzas no toman el carácter de civilespor el solo hecho de ser accesorias de una obligación civil, pues se requiere, además, que se encuentren otorgadas en los términos del artículo 2250 de este Ordenamiento, o que, conforme a la legislación comercial, no tengan el carácter de mercantiles.
ARTICULO 2211.- CONTRATO PRELIMINAR DE FIANZA. Puede celebrarse un contrato preparatorio en el cual un tercero se obliga con el deudor a otorgaruna fianza en un tiempo determinado. En este caso, el contrato definitivo de fianza se otorgará con el acreedor, y, si el fiador se negare a otorgar la fianza tienen pretensión directa para exigirla, tanto el acreedor como el deudor.
ARTICULO 2212.- FIANZA CIVIL Y FIANZA MERCANTIL. La fianza puede ser civil o mercantil; son civiles las mencionadas en el artículo 2250 de este ordenamiento yaquellas que conforme a la legislación mercantil, no tengan el carácter de comerciales.
Cuando el incumplimiento del deudor no cause daño o perjuicio al acreedor, dadas las circunstancias especiales del caso, el fiador quedará liberado.
ARTICULO 2214.- CLASES DE FIANZAS CIVILES. La fianza puede ser legal, judicial, gratuita o a título oneroso.
ARTICULO 2215.- NATURALEZA DE LA FIANZA LEGAL Y DELA JUDICIAL. Fianza legal es aquella que debe otorgarse por disposición de la Ley, y, judicial, la que se otorga en cumplimiento de una providencia dictada al respecto por el Juez.
ARTICULO 2216.- CAPACIDAD DEL FIADOR. El obligado a constituir fiador debe presentar persona que tenga capacidad para obligarse y bienes suficientes para responder de la obligación que garantiza. El fiador seentenderá sometido a la jurisdicción del Juez del lugar donde esta obligación deba cumplirse.
ARTICULO 2217.- PERSONAS IMPEDIDAS PARA DAR FIANZA. Los que ejercen la patria potestad, los tutores, los representantes del ausente, los síndicos, los albaceas y los demás representantes legales, no pueden dar fianzas en nombre de sus representados.
ARTICULO 2220.- TIPOS DE MODALIDADES DE LA FIANZA. Lasmodalidades que pueden afectar la constitución de la fianza, son de dos órdenes:
I.- Modalidades inherentes a la obligación principal, que afectan al contrato accesorio; y
II.- Modalidades estipuladas exclusivamente con respecto a la fianza.
Las modalidades que afectan a la obligación principal, surten efectos con respecto a la fianza, que queda sujeta a las mismas.
Las modalidades quese estipulen directamente respecto a la fianza, no afectan a la obligación principal.
ARTICULO 2222.- MANCOMUNIDAD EN LA FIANZA. Si se constituye fianza en el caso de simple mancomunidad de deudores, para responder por un deudor determinado, el fiador sólo quedará obligado si su fiado no cumple su parte correspondiente.
ARTICULO 2224.- EFECTOS DE LA FIANZA POR LA MUERTE DE UNO DE LOSDEUDORES. Si muere uno de los deudores solidarios y no se trata del deudorfiado, el fiador estará obligado en unión con los demás en el caso de insolvencia de los herederos.
Si muere el deudorfiado dejando varios herederos, el fiador estará obligado por la totalidad de la deuda.
ARTICULO 2230.- EFECTOS DE LA FIANZA EN OBLIGACIONES PURAS Y SIMPLES. Si la obligación principal es pura y simple y lafianza depende de un término o condición, el fiador no estará obligado a pagar sino hasta que se realice la modalidad.
ARTICULO 2231.- EFECTOS DE LA FIANZA EN OBLIGACIONES CONJUNTIVAS. Si se constituye fianza para garantizar obligaciones conjuntivas, el fiador deberá dar todas las cosas o prestar todos los hechos, en el caso de incumplimiento del obligado.
ARTICULO 2232.- EFECTOS DE LA...
Regístrate para leer el documento completo.