Fianza
Capítulo I
De la fianza en general
Artículo 1301
El que se constituye fiador de una obligación, se sujeta respecto del
acreedor a cumplirla, si el deudor no la satisface por sí mismo.
Artículo 1302
Es nula la fianza que recae sobre una obligación que no es civilmente
válida.
Se exceptúa el caso en que la nulidad procede de la incapacidad
personal del deudor, con tal que elfiador haya tenido conocimiento de
la incapacidad al tiempo de obligarse, y que la obligación principal sea
válida naturalmente.
Artículo 1303
El fiador puede obligarse a menos, pero no a más que el deudor
principal tanto en la cantidad como en lo oneroso de las condiciones.
Si se hubiere obligado a más, se reducirá su obligación a los límites
de la del deudor.
Artículo 1304
La fianzano se presume, debe ser expresa, y no puede extenderse a
más de lo contenido en ella.
Si la fianza fuere indefinida comprenderá no sólo la obligación
principal sino todos sus accesorios, incluso los gastos del juicio seguido
contra el deudor y todos los posteriores a la intimación que se haga
al fiador.
Artículo 1305
El obligado a dar fiador debe presentar uno que tenga bienes suficientespara responder del objeto de la obligación, y que se sujete al
domicilio en que ésta deba cumplirse.
Artículo 1306
La solvencia de un fiador se estimará teniendo en cuenta sus bienes
inmuebles, excepto en asuntos mercantiles y en aquellos en que la
deuda no exceda de quinientos colones.
No se tendrán en cuenta al hacer dicha estimación los inmuebles litigiosos,
ni los situados fuera delEstado, ni aquellos cuya excusión se
haga muy difícil por lo lejano de su situación, ni los que se hallen gravados,
salvo que, calculado el gravamen, haya algún exceso de valor,
en cuyo caso se tendrá en cuenta el monto del exceso.
Artículo 1307
Cuando la fianza voluntaria o judicial, dada por el deudor ha llegado
después de ser insuficiente, debe darse otra.
En las obligaciones a plazo o detracto sucesivo, el acreedor que no
exige fianzas al celebrarse el contrato, podrá exigirlas, si después de
celebrado, el deudor sufre menoscabo en sus bienes o pretende salir de
la República sin dejar en ella bienes suficientes en que pueda hacerse
efectiva la obligación.
Artículo 1308
El que debiendo dar o reemplazar el fiador, no lo presenta dentro
del término que el Juez le señale,queda obligado a petición de parte
legítima, al pago inmediato de la deuda, aunque no se haya vencido el
plazo de ésta.
Artículo 1309
Si la fianza fuere para garantizar la administración de bienes, cesará
ésta, si aquélla no se da en el término convenido o señalado por la ley
o por el Juez.
Artículo 1310
Si la fianza importa garantía de cantidad que el deudor deba recibir,
la suma sedepositará mientras se da la fianza.
Capítulo II
Efectos de la fianza entre el fiador y el
acreedor
Artículo 1311
El fiador tiene derecho a oponer todas las excepciones que sean inherentes
a la obligación principal, y no las que sean únicamente personales
del deudor.
Artículo 1312
El fiador no es obligado a pagar sino en defecto del deudor, salvo
que haya renunciado el beneficio de excusiónen los bienes de éste.
Artículo 1313
Aun cuando no se haya renunciado a la excusión en los bienes del
deudor, el acreedor no está obligado a hacerla sino cuando el fiador la
exija en vista de los primeros procedimientos que se dirigieren contra
él.
Artículo 1314
El fiador que requiere para que se haga la excusión, debe indicar al
acreedor los bienes del deudor principal o los que éstehaya obligado
en garantía de la deuda, y adelantar el dinero suficiente para hacer la
excusión.
No debe indicar ni los bienes del deudor principal situados fuera del
territorio de la República, ni los gravados para el pago de otra deuda,
sino en cuanto su valor exceda de ésta, ni los bienes litigiosos, salvo
que fueren los especialmente afectados para garantizar la deuda.
Artículo 1315
La...
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