Ficha jurisprudencial c-836/01
TIPO DE PROVIDENCIA Tutela
Casación
Constitucionalidad
NUMERO Y FECHA DE LA SENTENCIA Sentencia C-836
Agosto 9 de 2001
CORPORACIÓN CorteSuprema de Justicia- Sala De Casacion Civil
Corte Constitucional
MAGISTRADO PONENTE Dr. Rodrigo Escobar Gil
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES Demandante:
Carlos Alberto Maya Restrepo Demandado:Artículo 4º de la ley 169 de 1896
PROBLEMA JURIDICO PLANTEADO
Hay 2 problemas jurídicos:
1. Saber si la Doctrina Probable es obligatoria para la Corte Suprema de Justicia misma (precedente orizontal).
2. Saber si la Doctrina Porblable es obligatoria para los jueces (Precedente vertical )
NORMAS APLICADAS EN EL PRONUNCIAMIENTO Articulo 13 C.P.
Articulo 1 C.P.
Articulo 83 C.P.
Articulo2 C.P.Articulo 228 C.P.
Artículo 230 C.P.
Artículo 113 C.P.
Artículo 2 C.P.
JURISPRUDENCIAS RELACIONADAS Sentencias:
C-537 de 2010
C-539/99
T-1072/00
U-047/99
C-252/01
DOCTRINAS RELACIONADASCONCEPTOS CLAVE
Doctrina Probable
Igualdad ante la ley
Igualdad de protección por parte de las autoridades
Seguridad Juridica
Buena fe
Unidad Juridica
HECHOS
El ciudadano CarlosAlberto Maya Restrepo, en ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad consagrada en los artículos 241 y 242 de la Constitución Política, demandó la inexequibilidad del artículo 4º de la ley 169de 1896.
La Corte mediante auto de febrero dos (2) de 2001, proferido por el Despacho del magistrado sustanciador, admitió la demanda y dio traslado al señor Procurador General de la Nación paraque rindiera el concepto de su competencia.
Una vez cumplidos los trámites previstos en el artículo 242 de la Constitución y en el Decreto 2067 de 1991, procede la Corte a pronunciarse sobre lademanda de la referencia.
DECISIONES DE INSTANCIA 2. Fallos De Instancias Anteriores
Primera Instancia
Segunda Instancia
RAZONES DE LA DECISION DE 2DA INSTANCIA
RECURSO DE CASACIÓN ....
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