Fierro

Páginas: 13 (3249 palabras) Publicado: 2 de mayo de 2015
En la revisión de una controversia en materia laboral en el otorgamiento de una pensión de cesantía por edad avanzada el organismo de salud se concretó a negar acción y derecho, en razón de haberle concedido al asegurado, la pensión relativa de manera correcta y conforme a lo establecido en la Ley del Seguro Social, sin precisar el salario correspondiente a las 250 semanas, ni siquiera mencionoel salario diario promedio que resulto de este número de semanas, luego entonces le resta eficacia probatoria plena al documento sometido a estudio al no guardar relación con los hechos controvertidos. Conforme a esto la Junta correspondiente declaro procedente la acción ejercitada, luego que tanto el patrón como el organismo de salud, reconocieron tácitamente las percepciones devengadas por elasegurado durante los últimos cinco años de labores; omiten precisar el salario que devengaba el trabajador, el cual resulta ser aquel con el que se encontraba registrado ante el régimen obligatorio del seguro social y únicamente se limitaron a negar acción y derecho de su oponente; se entiende entonces que fu reconocido el hecho imputado, esto quiere decir que los salario devengados por la parteactora los últimos cinco años laborados, incrementos que el actor dijo haber sido autorizados a las pensiones, cuyo porcentaje también preciso en su escrito de demanda en los términos del artículo 878, fracción IV de la Ley Federal de Trabajo, ya que el silencio y las evasivas, harán que se tengan por admitidos sobre aquellos que no se suscite controversia y no podrá admitirse prueba en contrario.Los reclamos del accionante busco imponer condena al Instituto Mexicano del Seguro Social a nivelar el monto de la pensión las diferencias resultantes. Condena que impuso la Junta correspondiente la cual se consideró incorrecta de acuerdo al artículo 167 y 168 de la Ley del Seguro Social de mil novecientos noventa y siete en donde no obliga a cotizar los salarios no registrados ante dichoInstituto. La parte actora en su defensa manifestó que la parte demandada omitió inscribirlo con su salario real, manifestó que la empresa con la que laboraba lo registró con un salario menor al que percibía lo que constituyo prueba plena de acuerdo con el artículo 794 de la Ley Federal de Trabajo. El Instituto resalto las preguntas de la confesional de la parte actora en donde admitió recibir la pensiónde cesantía y a su vez la parte actora resalto la confesional de la parte demandad donde reconoció la empresa que el trabajador lo tenía cotizando con un salario inferior al que percibía. Reuniendo todo esto la Junta resolvió que no procedía la condena contra el Instituto Mexicano del Seguro Social ya que este otorgo la pensión correspondiente a lo registrado a este por lo que no está obligado aaumentar el monto de la pensión que pretende la parte actora. Conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Trabajo la Junta resolvió como procedentes las pretensiones de la parte actora. Al resolver el diecisiete de abril de dos mil trece el amparo directo 890/2012, sostuvo en lo que interesa lo siguiente: Resulta substancialmente fundados y aptos para declarar la ilegalidad del laudo reclamado yconceder la protección constitucional solicitada, los conceptos de violación en los que, en esencia, se aduce que la responsable omitió tomar en cuenta lo expresado por el instituto demandado, ahora quejoso en donde manifestó la falta de acción y derecho del trabajador, donde la Junta correspondiente emitió el laudo correspondiente favoreciendo a el trabajador en sus pretensiones.
El InstitutoMexicano del Seguro Social manifestó que el cálculo de la pensión fue el correcto de acuerdo a la cotización que el patrón correspondiente enviaba a dicho instituto, pensión de la cual el ex trabajador goza de dicha pensión por cesantía por edad avanzada conforme a la Ley del Seguro Social de 1973 vigente hasta mil novecientos noventa y siete agregando el instituto que no estaba obligado a pagar la...
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