FILOSOFIA
Reforma Tributaria
Resumen Ejecutivo
Ley 1607 Diciembre 26 de 2012
,
DISPOSICIONES
GENERALES
Reforma Tributaria - Resumen Ejecutivo
IV. DISPOSICIONES GENERALES
1. NORMAS DE PROCEDIMIENTO
a. CONCILIACIÓN DE PROCESOS EN DEMANDA JUDICIAL
Se consagra la posibilidad de conciliar en vía judicial los procesos tributarios y aduaneros sobre
los que sehubieren interpuesto demanda de nulidad y restablecimiento del derecho antes de la
vigencia de la ley y respecto de la cual no se haya proferido sentencia definitiva.
Esta medida presenta las siguientes características:
Impuestos cubiertos: Procesos sobre medidas tributarias (renta, ventas, retención en la fuente,
GMF y patrimonio), aduaneras, salvo aquellos de definición de situación jurídica demercancías.
Se consagra la posibilidad para que los entes territoriales puedan aplicarla sobre sus
obligaciones (ICA, predial, impuesto al consumo, sobretasa a la gasolina, entre otros).
El plazo: Se podrá solicitar hasta el 31 de agosto de 2013 y en todo caso acordar o suscribir la
fórmula conciliatoria a más tardar el 30 de septiembre de 2013.
Fórmula de conciliación: Esta conciliaciónpermite la exoneración de intereses y sanciones de
acuerdo con lo siguiente:
Tipo de proceso
Pago
Conceptos que se
concilian
Liquidaciones oficiales
100% del impuesto discutido
100% de las sanciones e
intereses
Resolución que impone una
sanción
100% del impuesto discutido
100% sanción
Resolución de sanción por no
declarar
100% del impuesto no declarado
100%sanción
Liquidación de aforo
100% del impuesto no declarado
100% intereses
Requisitos adicionales:
•
En todos los casos se debe presentar la prueba del pago del impuesto sobre la renta del año
gravable 2012.
•
Dentro de los 2 años siguientes el contribuyente debe permanecer al día en el pago de sus
obligaciones fiscales so pena de perder el beneficio.
b. TERMINACIÓN PORMUTUO ACUERDO DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS
Igualmente prevé la ley la posibilidad de terminar por mutuo acuerdo en vía gubernativa los
procesos tributarios y aduaneros.
Impuestos cubiertos: Aplica respecto de procesos en vía gubernativa sobre asuntos tributarios
(renta, ventas, retención en la fuente, GMF y patrimonio) y aduaneras, salvo aquellos de
definición de situación jurídica demercancías. No se consagra la posibilidad para que los entes
territoriales puedan aplicarla sobre los impuestos administrados por ellos.
El plazo: Se podrá solicitar hasta el 31 de agosto de 2013.
Impuestos y Servicios Legales
Fórmula de conciliación: El saneamiento permite la exoneración de intereses y sanciones de
acuerdo con lo siguiente:
Tipo de proceso
Pago
Conceptos que se
saneanRequerimiento especial, liquidación
de revisión, liquidación de aforo o
recurso de reconsideración
100% del impuesto o tributo discutido
100% de las sanciones
e intereses
Pliegos de cargos, resoluciones
que imponen sanciones y las
resoluciones que fallan los
respectivos recursos
100% del impuesto discutido
100% sanción
Pliego de cargos por no declarar
100% del impuestono declarado
100% sanción
Requisitos adicionales:
•
En todos los casos se debe presentar la prueba del pago del impuesto sobre la renta del año
gravable 2012.
•
Dentro de los 2 años siguientes el contribuyente debe permanecer al día en el pago de sus
obligaciones fiscales so pena de perder el beneficio.
c. CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN MORA
Seconsagra hasta el 26 de septiembre de 2013 la posibilidad de normalizar las obligaciones en
mora por concepto de impuestos, tasas y contribuciones, administrados por entidades
nacionales, por los períodos gravables de 2010 y anteriores, pagando de contado el valor total de
la obligación principal y el 20% de los intereses de mora causados hasta la fecha del pago y de
las sanciones, o...
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