Finanzas

Páginas: 7 (1678 palabras) Publicado: 24 de mayo de 2010
Saldo a favor de Exportador Base Legal: Ley del IGV, numeral 6 del artículo 34º Reglamento de la Ley del IGV, numeral 3 del artículo 9º D.S. N° 126-94 (29.09.1994) Reglamento de NCN y modificatorias Ley N° 27064 (10.02.1999) Aplicación del Saldo a Favor R.S. N° 157-2005-SUNAT (17.08.2005) PDB Exportadores Concepto del Saldo a favor materia de beneficio: Es el Impuesto General a las Ventas quegrava las adquisiciones (internas o importadas), de bienes, servicios y contratos de construcción destinados a las exportaciones. Para hacer uso del beneficio, el Impuesto General a las Ventas deberá estar consignado separadamente en los comprobantes de pago correspondientes a las adquisiciones o en las pólizas de importación, debidamente anotados en libros y registros contables. Aplicación del saldoa favor: El Saldo a Favor se aplica sucesivamente a lo siguiente: 1. 2. 3. 4. Deducir el impuesto bruto (IGV) a cargo del exportador. Compensar la deuda tributaria por Impuesto a la Renta. Compensar la deuda tributaria por cualquier otro tributo. Solicitar la devolución del saldo subsistente. Determinación del saldo a favor: 1. Se debe determinar el importe total del Impuesto General a las Ventasque grava a las adquisiciones (Crédito Fiscal). 2. Determinar el Impuesto General a las Ventas por pagar (débito fiscal) generado por operaciones gravadas. 3. La diferencia entre 1 y 2 es el saldo a favor del exportador (SFE). El saldo a favor por exportación será el determinado de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 6 del artículo 34º de la Ley del IGV y el numeral 3 del artículo9º del Reglamento de la Ley del IGV. Asimismo, se debe tener en cuenta el artículo 2º del Reglamento de Notas de Crédito Negociables que establece que para determinar el Saldo a Favor por Exportación (SFE), los comprobantes de pago, notas de crédito y débito y las declaraciones de importación y exportación, deberán ser registrados en los libros de contabilidad y en los registros de compras yventas. Devolución del saldo a favor materia de beneficio El Saldo a Favor Materia de Beneficio se puede Compensar o Devolver (en caso no fuera posible la compensación) hasta el límite de 19% de las exportaciones realizadas en el período. Determinación de las exportaciones realizadas en el período: A fin de determinar el monto de las exportaciones realizadas en el período se tomará en cuenta,tratándose de la exportación de bienes el valor FOB de las declaraciones de exportación debidamente numeradas (DUA), que sustenten las exportaciones embarcadas en el período y cuya facturación haya sido efectuada en el período o en períodos anteriores al que corresponda la Declaración, tal como lo señala el inciso. a del artículo 5º del D.S N°126-94-EF.

Cabe señalar que en el valor FOB el vendedor hacumplido sus obligaciones cuando la mercancía, ya despachada de aduana para exportación, ha sobrepasado la borda del buque designado, en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta ese momento. Limite del 19% Es el límite establecido para la devolución o compensación del Saldo a Favor, y comprende las exportaciones embarcadas en el periodo y debidamente numeradas,facturadas en el periodo o en periodos anteriores al que corresponda la Declaración – Pago. Devolución Se puede solicitar la devolución del Impuesto, el mismo que será entregado mediante Notas de Crédito Negociables o Cheque, a solicitud del contribuyente. Plazos para efectuar la devolución: • Dos (2) días hábiles, si se garantiza el monto solicitado, a través de: Carta Fianza - Póliza de Caución -Certificado Bancario de Moneda Extranjera. • Cinco (5) días hábiles, si no se ha garantizado el monto a devolver. Documentos a presentar El contribuyente deberá presentar: 1. Obligatorio Formulario 3435 constancia de aceptación del COA Exportador Presentar el formulario 4949 “Solicitud de Devolución” por devolución del saldo a favor del exportador. Fotocopia de la Declaración Jurada mensual del...
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