Fiscal

Páginas: 8 (1959 palabras) Publicado: 24 de febrero de 2015
Cuentas incobrables:
En materia fiscal existen requisitos específicos para deducir los créditos incobrables, establecidos por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). El artículo 29 fracción VI de la LISR permite deducir los créditos que resulten incobrables, y por su parte la fracción XVI del artículo 31 establece los supuestos y requisitos que se deberán de reunir para proceder a sudeducción autorizada. En principio se establecen dos caminos para la deducibilidad de un crédito:
• Que haya prescrito, o antes,
¨En el caso de pérdidas por créditos incobrables, éstas se consideran realizadas en el mes en el que se consuma el plazo de prescripción, establece el momento en que se consideran realizadas las pérdidas incobrables, es decir, en el plazo en que éste se consuma, y será eneste preciso momento en el cual la Ley permite su deducción bajo el supuesto de prescripción, por lo que no podrá llevarse a cabo en ejercicios posteriores, esto sin perjuicio de la presentación de una declaración complementaria.
• Si fuera notoria la imposibilidad práctica de su cobro.
a) Créditos de hasta 30,0001 Unidades de Inversión (UDIS), Cuando en el plazo de un año contado a partir de quese incurra en mora, no se hubiera logrado su cobro. En este caso, se considera incobrable en el mes en que se cumpla un año de haber incurrido en mora. Cuando se tengan dos o más créditos con una misma persona física o moral se deberá sumar la totalidad de los créditos otorgados para determinar si estos no exceden del monto $137,671.17. Tratándose de créditos con el público general cuyo monto aldía de su vencimiento sea entre cinco mil pesos y 30,000 UDIS el contribuyente deberá informar de dichos créditos a las sociedades de información crediticia que obtengan autorización de la SHCP de conformidad con la Ley de SIC .Así mismo, cuando el deudor del crédito de que se trate sea contribuyente que realiza actividades empresariales y el acreedor informe por escrito al deudor que efectuará ladeducción del crédito incobrable, a fin de que el deudor acumule el ingreso derivado de la deuda no cubierta ,además se presente la declaración informativa ante el SAT.
b) Créditos Mayores a 300,000 UDIS. Cuando el acreedor haya demandado al deudor ante la autoridad judicial el pago del crédito o se haya iniciado el procedimiento arbitral convenido para su cobro y además se cumpla con loestablecido en el último párrafo del inciso anterior.
c) Se compruebe que el Deudor ha sido Declarado en Quiebra o Concurso, en el primer caso debe existir sentencia que declare concluida la quiebra por pago concursal o por falta de activos. Tratándose de cuentas por cobrar que tengan una garantía hipotecaria, solamente será deducible el 50% del monto adeudado cuando se den los supuestos del inciso b)anterior. Cuando el deudor efectúe el pago del adeudo o se haga la aplicación del importe del remate a cubrir el adeudo, se hará la deducción del saldo de la cuenta por cobrar o en su caso la acumulación del importe recuperado. La Ley permite otros casos adicionales a los previstos por la norma.

SEGURO DE DESEMPLEO
Requisitos:
1.- Ser residente del Distrito Federal.  Ser mayor de 18 años. Haber laborado previamente a la pérdida del empleo, para una persona moral o física con domicilio fiscal en la Ciudad de México, al menos durante seis meses, en alguno de los dos últimos empleos.  Haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad a partir del 1º de enero de 2012.  No percibir ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio u otra relación laboral diversa. Ser demandante activo de empleo y darse de alta ante la Bolsa de Trabajo del Servicio Nacional de Empleo en la STyFE.  Realizar el trámite de manera personal e intransferible.
2.- DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA DEMOSTRAR LA PERDIDA DEL EMPLEO. (EN ORIGINAL Y COPIA PARA COTEJO): i. La persona solicitante que contó con la prestación de Seguridad Social:  Baja expedida por la Institución de...
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