Fiscal
¿QUÉ SON LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES? La Ley General Tributaria, en su artículo 2.2, letra b), define las contribuciones especiales como "los tributoscuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o delestablecimiento o ampliación de servicios públicos" ELEMENTOS DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES: – Sujetos pasivos: personas especialmente beneficiadas por la ejecución de las obras o por el establecimiento,ampliación o mejora de los servicios municipales. Se consideran como personas especialmente beneficiadas: propietarios de los bienes inmuebles que resulten aventajados por las obras o serviciosrealizados, titulares de explotaciones empresariales por las obras o servicios realizados que afecten a dichas actividades económicas, Compañías de Seguros por el establecimiento, ampliación o mejora delservicio municipal de extinción de incendios y empresas suministradoras que utilicen las galerías subterráneas que se construyan. En el caso de Cobeña, los sujetos pasivos son cada uno de los propietariosde las 29 empresas que se encuentran en el polígono “Campo nuevo” – Base imponible: constituida como máximo, por el 90% del coste de la obra que el municipio soporte. El coste total presupuestado tienecarácter de mera previsión. Si el coste real fuera mayor o menor que el previsto, se toma a aquél a efectos del cálculo de la cuota. En este caso el coste de la obra es 299.924,92 € y la baseimponible 149.962,46 €, que supone el 50% del coste de la obra y se reparte entre los beneficiarios – Cuota: la base imponible se reparte entre los sujetos pasivos en razón de los siguientes criterios: Concarácter general, se aplican conjunta o separadamente, como módulos del reparto, los metros lineales de fachada de los inmuebles, su superficie y el volumen edificable de los mismos. En este caso el...
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