Fisco. contesta demanda. yieninson yapur cortez 2009
CONTESTA DEMANDA FISCO. .
JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO
CUADERNO PRINCIPAL.
(),por los demandantes, en autos ejecutivos Causa Rit Nº C-2518-2010, caratulados “Mattei con Producciones Óptima S.A.”, a US. respetuosamente digo:
Que, por el presente escrito vengo encontestar la tercería de pago interpuesta por el Fisco de Chile, solicitando su rechazo inmediato, con expresa condena en costas.
La contraria pretende que su crédito de $ 436.205.892. sea solucionadoconjunta y proporcionalmente con los créditos laborales y preferentes de mis tres representados, pues es de la esencia de una tercería de pago que así sea de conformidad con lo prevenido en elartículo 527 del Código de Procedimiento Civil.
Existen tres motivos por los cuales debe ser rechazada la presente tercería de pago:
1º El actor incidental indica en su libelo que el sustento legalde su tercería es el artículo 2489 del Código Civil, de lo cual se deduce que estamos frente a créditos de quinta y última clase, lo que no se compadece con la solicitud del Fisco de pagarseconjunta y proporcionalmente con los créditos preferentes de esta parte,
2º Partiendo de la base que no es un hecho controvertido la existencia, validez, naturaleza y monto de nuestros créditos laborales,y siendo éstos de primera clase (privilegiados) según la definición que de ellos da el Código de Bello y el Código del Trabajo, necesariamente debemos concluir que deben pagarse con preferencia alos créditos fiscales demandados, por lo que ese solo hecho es suficiente para rechazar la pretensión de contrario.
En efecto, el artículo 2471 del Código Civil previene que: “Gozan deprivilegio los créditos de la 1ª, 2ª y 4ª clase.-“, y el artículo 2472 del mismo cuerpo legal señala: “La primera clase de créditos comprende los que nacen de las causas que en seguida se enumeran: 5º Las...
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