Fisica Examen Final
Al realizar las evaluaciones correspondientes, al trabajador de la empresa, nos regimos por el D.S. N° 594, de el cual se extrajeron los siguientes datos sobre:
1.- Temperatura (de la exposición ocupacional a calor):
Artículo 96°
La carga calórica ambiental a que los trabajadores podrán exponerse en forma repetida (temperatura corporal profunda no exceda los 38°C),sin causar efectos adversos a su salud, será la que se indica en la tabla de valores de Límites Permisibles del Índice TGBH, de este mismo artículo.
De modo que el índice de temperatura del globo y bulbo húmedo de determinara considerando las siguientes situaciones:
a. Al aire libre con carga solar:
TGBH = 0,7 TBH + 0,2 TG + 0,1 TBS
b. Al aire libre sin carga solar, o bajo techo:
TGBH = 0,7TBH + 0,3 TG
Al haber realizado los cálculos del índice TGBH los resultados se llevan a la tabla expuesta en el articulo 96° de este mismo decreto, donde se especifica claramente cuales son los limites permisibles para cada tipo de trabajo, junto con su carga de costo energético.
2.- Ruido:
Artículo 74° - 76° (ruido fluctuante o estable)
Para la persona que trabaje 8 horas diarias, no debeestar expuesto a un nivel de presión sonora continuo equivalente superior a 85 dB (A) lento, si estos niveles de presión sonora son diferentes al mencionado con anterioridad, los valores no deberán exceder a los expuestos en la tabla enunciada en el D.S. N° 594, artículo 75°.
Si la exposición diaria ruido esta compuesta de dos o más periodos de exposición a diferentes niveles de presión sonoracontinuos equivalentes, deberá considerarse como efecto combinado de los periodos cuyo NPSeq sean iguales o superiores a 80 dB (A) lento. La dosis de ruido diaria se calculara de la siguiente forma:
D = Te1 Te2 Ten
_______ + ______ +………. ________ la dosis de ruido diaria máxima permisible será
Tp1Tp2 Tpn 1 (100%)
3.-Vibraciones:
Artículos 83° - 94°
Se distingue la exposición segmentaria mano-brazo y la exposición del cuerpo entero.
Donde:
Eje Z (az) de los pies a la cabeza
Eje X (ax) de la espalda al pecho
Eje Y (ay) de derecha a izquierda
La aceleración equivalente ponderada en frecuencia (Aeq) máxima permitida para una jornada de8 horas por cada eje de medición, será la que se indica en la tabla expuesta en el articulo 87° de este mismo decreto.
Si los limites expuestos en la tabla del articulo 88° del decreto, no son superados se debe evaluar el riesgo global de la exposición a través de la aceleración equivalente total ponderada en frecuencia (AeqTP).
El cálculo de la AeqTP se realizaron con la siguiente formula:__________________________________
AeqTP = √ (1,4 * Aeqx)2 + (1,4 * Aeqy)2 + (Aeqz)2
El valor obtenido no debe superar los límites máximos permitidos para el eje z establecidos en el artículo 88°.
Análisis de los resultados
El horario de trabajo de las personas consideradas en la medición es de 8:00 a 16:00 horas con una hora de descanso entre las 12:00 y las13:00 horas.
El tiempo de trabajo en cada uno de los sectores de la planta es el siguiente:
Horno de Clinker 1:2 horas
Horno de Clinker 2:2 horas
Molino 1:1 hora
Molino 2:1 hora
Canchas de acopio de caliza: 1 hora
1.- Temperaturas por área:
sector Tg (°C) Tbs (°C) Tbh (°C)
Horno de Clinker 1 41 40 38
Horno de Clinker 2 42 39 37
Molino 1 35 30 28
Molino 2 36 32 29
Canchas de acopio 39 3531
Horno de Clinker 1:
TGBH = 0,7 TBH + 0,3 TG
TGBH = 0,7 * 38 + 0,3 * 41
TGBH = 38,9°C
Horno de Clinker 2:
TGBH = 0,7 * 37 + 0,3 * 42
TGBH = 38,5
Molino 1:
TGBH = 0,7 * 28 + 0,3 * 35
TGBH = 30,1
Molino 2:
TGBH = 0,7 * 29 + 0,3 * 36
TGBH = 31,1
Canchas de acopio:
TGBH = 0,7 * 31 + 0,3 * 39
TGBH = 33,4
Los trabajadores que fueron evaluados realizan sus labores bajo techo,...
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