fisica y moral
La personalidad jurídica se adquiere por el nacimiento y se extingue con la muerte, pero desde elmomentoen que un ser humano es concebido entra bajo la protección de la ley Art.l8 Codico Civil..
Las cualidades o propiedades de un ser constituyen sus atributos ya mencionados en elpárrafo anterior comoatributos de la personalidad individual se señalan los siguientes.
NOMBRE.- Es el signo que distingue a una persona de las demás en sus relaciones jurídicas ysociales. el nombre civil se componedel nombre propio ( Juan, Pedro, Antonio etc.) y del nombre de familia o apellidos ( Rodríguez, Moreno , González etc).
E nombre como atributo dela personalidad es, en términos generales, inmutable,el nombre se encuentra protegido por el derecho y en este sentido se dice que toda persona tienen derecho al nombre , como loestablece el código civil que dispone que en el acta de nacimiento de lapersona física deben constar, necesariamente , el nombre y apellidos Art.58.Código Civil.
DOMICILIO.-Eldomicilio de la persona física es el lugar en que reside con el propósito de establecerse en el,a falta de éste, el lugar en que tiene el principal asiento de sus negocios, y a faltade uno y otro, el lugar en que se halle. El Código Civil presume el propósito de establecerse en un lugar de lascircunstancias de que se resida en él por más de seis meses.
Regístrate para leer el documento completo.