Forma De Computar Plazo Para La Cadicidad Jurisprudencia
Registro: 165875
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXX, Diciembre de 2009
Materia(s):Administrativa
Tesis: I.7o.A.667 A
Página: 1488
CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIADOS DE OFICIO. FORMA DE COMPUTAR EL PLAZO PARA QUE OPERE CUANDO SE APLICA SUPLETORIAMENTE EL ARTÍCULO60, PÁRRAFO TERCERO, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO A LOS PREVISTOS EN OTRAS LEGISLACIONES.
El artículo 60, párrafo tercero, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo,señala que los procedimientos administrativos iniciados de oficio se entenderán caducados y se procederá al archivo de las actuaciones en el plazo de treinta días contados a partir de la expiración delplazo para dictar resolución; sin embargo, cuando dicho precepto es aplicable supletoriamente a los procedimientos previstos en otras legislaciones, tal imperativo no debe interpretarse literalmente,es decir, en el sentido de computar el plazo para que opere dicha figura a partir de que se cierra la instrucción y se turnan los autos para resolución, sino que debe atenderse a los plazos para lanotificación de los actos procesales previos al dictado de ésta, señalados en la ley aplicable y, en su defecto, en la inicialmente mencionada, esto es, a partir de que son dados a conocer alparticular los hechos que motivaron el procedimiento administrativo, pues de lo contrario se generaría inseguridad jurídica para el particular por no respetarse las formalidades esenciales del procedimiento,dejándose al libre arbitrio de la autoridad el dictado de la resolución definitiva.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 83/2009. Combugas delValle de México, S.A. de C.V. 8 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Héctor Landa Báez.
Amparo directo 239/2009. Pemex Exploración y Producción. 2 de...
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