forma de los testamentos
Ihering (doctrina objetiva)
Saleilles (ecléctica)
*Relación o estado de hecho que da a una persona la posibilidad física, actual, inmediata y exclusiva de ejercer actos materiales de aprovechamiento sobre una cosa con el animus dominii o rem sibi habendi.
*Elementos:
Posesión es una relación o estado de hecho
Requiere que exista animus dominii oel animus rem sibi habendi para que haya propiamente posesión – puede existir sin que hayan actos materiales.
Una persona tiene el poder o la posibilidad física, actual, inmediata y exclusiva de ejercer actos de disposición sobre una cosa.
*La posibilidad de ejercer ese poder físico requiere de:
Una disponibilidad absoluta de la cosa
Esa posibilidad debe de ser presente, no debe estarsubordinada a una condición para que en el futuro pueda ejercerse ese poder.
Funda la posesión en la relación de apropiación jurídica, y para él no hay más poseedores que los que pretenden la propiedad.
Corpus: Es la manera de exteriorizar el animus - explotación económica.
El detentador debe tener interés. Este interés motiva su voluntad para perseguir un fin que es llevar a cabo laexplotación económica de la cosa. El propósito de explotación económica que existe en la intención del poseedor se traduce en una serie de actos que constituyen el corpus.
El animus tiene una significación económica, propósito de simple explotación lucrativa.
Funda la posesión en el vínculo de explotación económica, es esta es poseedor todo el que detenta, salvo el hallarse exceptuado expresamentepor la ley.
Corpus: conjunto de hechos que demuestran un estado permanente de apropiación económica
Animus: consiste en el propósito de realizar una apropiación simplemente económica de la cosa.
Posesión: efectividad consciente y querida de apropiación económica de las cosas.
Funda la posesión en la relación de apropiación económica y que declara poseedor a todo aquel que en el ordende los hechos aparezca gozando independientemente, y a quien mantenga relaciones de hecho con la cosa debe considerársele como dueño de hecho de la misma.
DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS
I.- Público abierto;o II.-Público Cerrado Ordinario III.-PúbicoSimplificado
Art. 1396.- El testamento, IV.-Ológrafo en cuanto a su forma es
EspecialI.-Privado
DEL TESTAMENTO PÚBLICO ABIERTO
Art. 1408.- Testamento público abierto es el que se otorga ante notario, de conformidad con las disposiciones de este capítulo.
Art. 1409.- El notario redactará por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme. Si loestuviere, firmarán la escritura el testador, el notario y, en su caso los testigos y el intérprete, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.
Art. 1410.- En los casos previstos en los artículos 1411, 1413 y 1414 de este Código (Cuando el testador declare que no sabe o no puede firmar el testamento, uno de los testigos firmará a ruego del testador y éste imprimirá su...
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