Formalidades

Páginas: 28 (6833 palabras) Publicado: 13 de marzo de 2013
Patrocinio letrado

Las y los profesionales en derecho intervienen en el proceso en virtud del patrocinio legal exigido en el artículo 114 del Código Procesal Civil. Para que las gestiones de las partes sean atendidas por una autoridad jurisdiccional, requieren que la firma sea autenticada por un o una profesional en derecho. El patrocinio consiste en la asesoría jurídica del abogado o de laabogada como especialista en el campo legal. Por ese motivo, el autenticante siempre será responsable por el contenido del escrito /.
La regla es presentar todo memorial al tribunal con la firma de la parte autenticada por el abogado o la abogada, salvo que el o la profesional en derecho lo suscriba en su carácter de persona apoderada. Cuando se omite la autenticación, conforme a la norma citada,se debe dictar resolución y conceder tres días para que se autentique la firma de la parte. Ese plazo corre a partir del día siguiente hábil de la notificación, y el o la profesional en derecho debe apersonarse al despacho para autenticar el escrito, y el personal auxiliar pondrá la constancia respectiva.
Ese trámite se aplica cuando se omite la autenticación o firma del abogado o de la abogada,lo cual se justifica porque el escrito está rubricado por la parte y hay manifestación de voluntad. A la inversa no resulta aplicable; es decir, cuando en el libelo aparece la firma del o de la profesional en derecho y no de la parte. No hay analogía porque son dos situaciones muy distintas, sobre todo porque un abogado o una abogada no puede autenticar una firma inexistente y no hay actoprocesal.

Acumulación
De pretensiones
La acumulación de pretensiones sucede cuando en una sola demanda o contrademanda, se reclaman dos o más pretensiones. Es un fenómeno común y, según el artículo 123 del Código Procesal Civil, se requiere:

• Conexión entre ellas /.
• Que no se excluyan entre sí.
• El mismo procedimiento.
• Competencia del juzgado para conocer todas ellas.
La ausencia dealgunos de esos requisitos obliga a prevenir la desacumulación de pretensiones, conforme al trámite previsto en el numeral 124 ibídem. Para ilustrar, se puede pensar en el conflicto familiar donde en una misma demanda se reclaman el divorcio y un desahucio. No hay conexión porque el objeto de los procesos es distinto –extinguir el vínculo matrimonial y el desalojo–, el procedimiento es diverso–abreviado y sumario– y no hay competencia común –familia ni civil–.
También ocurre, si en una demanda, se cobran una letra de cambio y una hipoteca, porque el procedimiento es diferente, monitorio e hipotecario. Para desacumular, se le concederá un plazo de ocho días a la parte actora o contrademandante para que escoja la pretensión de su interés, bajo el apercibimiento de que si no lo hace, el juzgadolo hará conforme a las circunstancias.

De procesos
La acumulación de procesos se rige por los mismos requisitos de las pretensiones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 125 del Código Procesal Civil. En este supuesto, se trata de dos demandas promovidas en forma independiente y, de oficio o a petición de parte, se deberán acumular para que se tramiten juntos /.
La finalidad es evitarfallos contradictorios; por esa razón, se dicta una sola sentencia, y el proceso más avanzado no se suspende hasta que el otro alcance el mismo estado. (Párrafo final del artículo 130 ibídem). Para la acumulación, es preciso considerar las siguientes reglas:
a) De oficio o por medio de incidente a petición de parte. (Numerales 127 y 129 ibídem).
b) Solo procede en primera instancia. (Artículo127 ibídem).
c) Ninguno de los dos procesos puede estar pendiente de sentencia. (Ordinal 127 ibídem).
d) En ordinarios o abreviados, solo después de resueltas las excepciones previas o vencido el plazo para oponerlas /. (Artículo 127 ibídem).
e) La acumulación se tramita en el juzgado del proceso más antiguo; es decir, al que se haya dado curso primero. (Numeral 128 ibídem).
f) Si radican...
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