Formas de participación democrática
TRABAJO PRESENTADO POR:
EDWIN OSWALDO VARGAS PINEDA
TRABAJO PRESENTADO A:
DR. GILBERTO PEDRAZA VELASQUEZ
ASIGNATURA: DERECHO ELECTORAL
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y DEL ESTADO
UNIVERSIDAD INNCA DE COLOMBIA – SEDE FUSAGASUGÁ
REVOCATORIA DE MANDATOSE DEFINE COMO El derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
SUS PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS SON Procede después de haber transcurrido un año desde la posesión del respectivo funcionario.
Únicamente aplica para los alcaldes ygobernadores.
MARCO CONSTITUCIONAL ART. 40, 103 Y 259 Solamente procede a iniciativa de parte, pues inicia con la solicitud de convocatoria a votación popular.
La solicitud de revocatoria debe fundarse en alguna de estas dos causales taxativas: La insatisfacción general de la ciudadanía o el incumplimiento del programa de gobierno.
MARCO LEGAL Leyes 131y 134 del 94,Ley 741/02 El Proceso de Revocatoria de Mandato tiene las siguientes etapas: a) Presentación de la solicitud, b) Verificación por parte de la Registraduría; c) Comunicación al Alcalde o Gobernador afectado, d) Convocatoria a Votaciones, e) Realización de las votaciones, f) Verificación del porcentaje requerido y la decisión adoptada. g) Ejecución de la decisión adoptada.
MARCOJURISPRUDENCIAL Sentencias de la Corte Constitucional: Solo pueden intervenir los ciudadanos que participaron en la elección de la persona a quien se quiere revocar el mandato.
C – 011/94, C – 180/94, C – 179/02, C – 551/03, C – 342/06. Se requiere que participen mínimo el 60 % de los votos emitidos en la elección del funcionario.PLEBISCITO Se puede definir como El pronunciamiento popular en virtud del cual se apoya o rechaza determinada decisión gubernamental del orden nacional, como consecuencia de la convocatoria hecha por el Presidente de la República.
Se caracteriza por La convocatoria es una potestad privativadel Presidente de la República, la cual debe hacerse mediante decreto firmado por todos los Ministros.
MARCO CONSTITUCIONAL ART. 103 No pueden ser objeto de plebiscito las materias que sean de competencia del Ejecutivo, las cuales requieran la aprobación del Congreso de la República, aquellas relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de lospoderes que se derivan de ellos, la decisión sobre la ampliación o la extensión del período constitucional de presidente o las reformas constitucionales.
MARCO LEGAL Ley 134 de 1994, arts. 77 a 80 El Presidente debe informar al Congreso sobre su intención de convocar a un plebiscito, los fundamentos que se esgrimen para ello, la oportunidady la fecha programada para la votación.
MARCO JURISPRUDENCIAL Sentencias de la Corte Constitucional Se considera que el pueblo decide favorablemente el plebiscito si la votación afirmativa corresponde a la mitad más uno del censo electoral.
C – 486/93, C - 180/94, C- 224/94, La votación para el plebiscito no puede coincidir conninguna otra votación.
C – 339/98, C – 551/03, C – 041/04
CABILDO ABIERTO Se refiere a La reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad....
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