FORMATO DE AMPARO MILITARES
JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
P R E S E N T E.
,…………………………………….. de generales conocidos dentro del proceso penal número……………………………. señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ……………………………………………en esta Ciudad Capital y autorizando en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a…………………………………………………….. quien tiene Título de Licenciado en Derecho inscrito en el sistemacomputarizado para el registro único de profesionales del derecho, ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito con cédula Profesional número 1250738, expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública y autorizando a efecto de que oiga y reciba notificaciones derivados del presente a la comparezco a exponer:
Que enejercicio de nuestros propios derechos por medio del presente ocurso y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103 Fracción I y 107 Fracción V, de la Ley de Amparo; 48 al 55 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; solicitando el AMPARO Y LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de los actos y autoridades que enseguida se enumera, por lo que ajustándonos a los preceptosque rigen el presente juicio de garantías, expresamos, dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 116 de la Ley de Amparo vigente, lo siguiente:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO., con el domicilio que ha quedado precisado en el proemio de la presente demanda de garantías.
II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO.En el caso que nos ocupa NO HAY .
III. AUTORIDADES RESPONSABLES.- Señalo como autoridades responsables: ORDENADORAS C. JUEZ MILITAR ADSCRITO DE LA TERCERA REGION MILITAR EJECUTORA DIRECTOR DE LA PRISION ADSCRITO A LA III REGION MILITAR, con residencia en la ciudad de Mazatlán Sinaloa.
III.- ACTO RECLAMADO.- Bajo protesta dedecir verdad, manifiesto que reclamo de la AUTORIDAD ORDENADORA : La resolución dictada el 20 de septiembre de 2012, dentro de la causa penal número radicada en el Juzgado Tercero de Distrito en la Ciudad de Piedras Negras Coahuila (antes dentro del fuero Militar) en la que se decretó nuevamente auto de formal prisión en nuestra contra, no obstante que en diverso Juicio de Amparo número medianteresolución dictada por el Juez Octavo de Distrito en el estado de Sinaloa obtuvimos el AMPARO Y LA PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL, para el efecto de que SE DECLARE INSUBSISTENTE la resolución Constitucional de fecha once de abril del año 2012 y que con plenitud de jurisdicción emita una nueva en la que subsane todas las violaciones cometidas. Lo cual en la especie no sucedió , en razón de queal emitir nuevamente la Resolución lo hace en los mismos términos sin fundar y motivar el auto de bien preso, ni menos aún acredita el cuerpo del delito, así como tampoco hace la correcta valoración de las pruebas existentes. Resolución dictada por el Juez Militar adscrito a la Tercera Región Militar, con sede en la. Así las cosas es pertinente señalar, a este Tribunal de garantías que si bien escierto el AUTO DE FORMAL PRISION DE BIEN PRESO, se hizo con fundamento en el Código de Justica Militar
DE AUTORIDAD EJECUTORA reclamo el hecho de que se nos mantenga privados de nuestra libertad sin haber elementos para hacerlo, aunado al hecho de que la responsable al emitir nuevamente el auto de bien preso lo hace soslayando su debida fundamentación y motivación, violando en nuestro perjuiciolos derechos fundamentales de un debido proceso como lo establece el artículo 8 del PACTO SAN JOSE DE COSTA RICA DE LA CONVENCION AMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS.
IV. FECHA DE NOTIFICACION DE LA SENTENCIA. BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto que la Resolución reclamada se nos notificó en fecha 20 de septiembre de 2012 a las doce horas con treinta...
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