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Código Civil de la República del Paraguay, Ley Nº 1183, Art. 715.”Las convenciones hechas en los contratos forman para las partes una regla a la cual deben someterse como a la ley misma, y deben ser cumplidas de buena fe. Ellas obligan alo que esté expresado, y a todas las consecuencias virtualmente comprendidas”.
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CONTRATO PRIVADO DE CESION DE DERECHOS Y ACCIONES OTORGADO POR EL SEÑOR ALBERTO SANABRIA A FAVOR DEL SEÑOR JUAN DE DIOS OVIEDO.-En la ciudad de Guarambaré, República del Paraguay, a los veinte y cinco días delmes de mayo del año dos mil doce. Entre el señor ALBERTO SANABRIA, con Cedula de Identidad Nº 1.786.669, domiciliado en la casa de la calle Gral. Genes c/ Acceso Sur, del barrio Alegre la ciudad de Guarambaré, por una parte, denominado “EL CEDENTE” y por la otra parte el señor JUAN DE DIOS OVIEDO, soltero, con Cédula de Identidad Nº 600.932, domiciliado en la casa de la calle Lic. ÁngelPane c/ 10 de Julio, barrio Ykua Dure, de la ciudad de Luque, denominado “EL CESIONARIO”. Son paraguayas, mayores de edad, hábiles, quienes acreditan sus identidades con los documentos ya citados convienen en celebrar el presente contrato privado de cesión de derechos y acciones que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:---------------------------------------------------------------------
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PRIMERA: El señor ALBERTO SANABRIA, por este testimonio privado dice: Que libre y voluntariamente han acordado en formalizar el presente contrato en virtud del cual, cede y transfiere a favor del señor JUAN DE DIOS OVIEDO , todos los derechos y acciones que pudieran corresponderle sobre un vehículo Marca: MITSUBISHI, Tipo:CAMIONETA, Modelo: MONTERO, Año: 1.993, Color: AZUL, Chasis: DONV340PJ-00130.---------------------- SEGUNDA: La presente cesión de derechos y acciones se realiza en la suma de VEINTE MILLONES DE GUARANÍES (20.000.000.- Gs.), suma de dinero que el cedente declara haber recibido de manos del cesionario en dinero en efectivo y antes de este acto por lo que este mismo instrumento le otorga suficienterecibo de pago en forma, renunciando a cualquier reclamación que pudiera corresponderle.--------------------------------
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TERCERA: A la fecha el adquirente queda subrogado en todos los derechos y acciones que le corresponden al cedente y queda autorizado a realizar todas las gestiones y trámites necesarios para la obtención del título ylos gastos que pudieran ocasionar serán abonados por cuenta del adquirente, siendo responsable el adquirente por cualquier tipo de accidente que pudiera ocasionar a terceras personas.---------------------------------------------
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En prueba de conformidad y aceptación de los términos del presente contrato, a cuyo fiel cumplimiento se obliganconforme a derecho, las partes contratantes lo formalizan y firman en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha más arriba indicados.--------------------------------------------------------------------------------------------------
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ALBERTO SANABRIA JUAN DE DIOS OVIEDO
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CEDENTE CESIONARIO...
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