Fraude tributario
El fraude de ley viene regulado por el artículo 24 de la Ley General Tributaria, que en todo caso exige un procedimiento especial regulado por el RealDecreto 803/1993.Este fraude no sólo puede recaer respecto a la ley misma, sino que sobre todo el Derecho. El fraude de ley es un miembro de la clase de los fraudes normativos
Existirá conflicto enla aplicación de la norma cuando el acto o negocio jurídico evite total o parcialmente la realización del hecho imponible o minore la base o la deuda tributaria, de una manera notoriamente impropiapara la consecución del resultado que dicho acto jurídico quiere obtener. La LGT insiste en esta nota de artificialidad del antes llamado fraude de ley, exigiendo, para su calificación como tal por laAdministración, la prueba de que, de la utilización del negocio, «no resulten efectos jurídicos o económicos relevantes, distintos del ahorro fiscal y de los efectos que se hubieran obtenido con losactos o negocios usuales o propios».
En los negocios simulados, se produce siempre una ocultación de la realidad del hecho imponible o de alguno de los elementos esenciales del tributo que se...
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