Fuentes De Las Obligaciones
Declaración Unilateral de la Voluntad
Derecho Civil III.
S E G U N D A F U E N T E D E O B L I G A C I O NE S .
DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD
Se encuentra reglamentada en los artículos 1741-1753
del C.C.O.
Concepto:
Es la manifestación de la
voluntad sancionada por
la ley.
a) Que implica para su autor la necesidad de cumplir
voluntariamente,una
prestación
persona determinada o determinable;
b) Con
la
cual
hace
nacer
a
favor
de
a
favor
una
de
persona
determinada, un derecho;
c) Con la cual extingue par si un derecho creado a
su favor.
Los casos típicos de la Declaración Unilateral de la
Voluntad son:
a) Ofertas al publico
b) Estipulación a favor de un tercero
c) Documentos civilespagaderos a la
orden
o
al
portador.
d) El poder
Cabe la posibilidad de que el testamento
debería incluirse (Art. 1198) C.C.O.
También
debería
considerarse
a
la
también
renuncia
de
derechos.
Lic. Omar Estrada Ortiz.
Escuela de Derecho. C.U.L.D.C.M.
Página 1
2ª. Fuente de obligaciones:
Declaración Unilateral de la Voluntad
Derecho Civil III.OFERTAS AL PÚBLICO
Concepto:
Es la manifestación de la voluntad unilateral recepticia,
hecha a toda persona, que posee los elementos esenciales
de la prestación que se ofrece de manera seria con el
ánimo de cumplir si se diera el caso.
Hay 3 tipos de “oferta al público”:
OFERTAS DE VENTA
OFERTAS AL
PÚBLCIO
PROMESA DE
RECOMPENSA
CONCURSO DE
PROMESA DE
RECOMPENSA
OFERTA DEVENTA
Regulada en el Art. 1741 C.C.
hecho
de
ofrecer
al
“El
determinado precio, obliga al
ofrecimiento.”
público
objetos
en
dueño
sostener
su
a
Guarda relación y aplicación con los artículos 1685 y
1686.
Lic. Omar Estrada Ortiz.
Escuela de Derecho. C.U.L.D.C.M.
Página 2
2ª. Fuente de obligaciones:
Declaración Unilateral de la Voluntad
Derecho Civil III.Artículo 1685.- Toda persona que propone a otra la
celebración de un contrato fijándole un plazo para
aceptar,
queda
ligada
por
su
oferta
hasta
la
expiración del plazo.
Artículo 1686.- Cuando la oferta se haga a una persona
presente, sin fijación de plazo para aceptarlo, el
autor de la oferta queda desligado si la aceptación no
se hace inmediatamente. La misma regla se aplicará ala oferta hecha por teléfono.
En este artículo se debió haber reglamentado de manera
general y no únicamente en la relación a una venta.
PROMESA DE RECOMPENSA
Concepto: Art. 1742 del C.C.O.
Ejemplos:
a) Quien halle un objeto perdido.
b) Que descubra un remedio para cierta enfermedad.
c) Pistas de un criminal.
¿Quién tiene derecho a la recompensa?
La solución está en el artículo 1743del C.C.O.
¿En caso de que varios realizaron la hipótesis de la
promesa?
La solución está en el artículo 1746 C.C.O.
La oferta de la promesa SI se puede revocar.
También se
puede
establecer
un término
o plazo
para
cumplir con la hipótesis.
Lic. Omar Estrada Ortiz.
Escuela de Derecho. C.U.L.D.C.M.
Página 3
2ª. Fuente de obligaciones:
Declaración Unilateral de laVoluntad
Derecho Civil III.
Los dos puntos anteriores se conjuntan y así tenemos:
a) Oferta de recompensa sujeta a plazo.
b) Oferta de recompensa no sujeta a plazo.
Oferta de recompensa sujeta a plazo.
No
es
lícito
revocarla
si
el
plazo
no
ha
terminado.
En caso de hacerlo, el interesado de todos modos
podrá pedir el pago de la promesa.
También la reparación dedaños y perjuicios.
Oferta de recompensa no sujeta a plazo.
Art. 1745 C.C.
En cualquier momento puede revocarla.
El requisito es que se debe hacer con la misma
publicidad con que se hizo la oferta.
Sin embargo, si se puede demostrar que alguien
realizó
algún
gasto,
en
relación
con
esto,
implica que esos gastos deberán restituirse.
Lógicamente es que el gasto debió realizarse
antes...
Regístrate para leer el documento completo.