Funciones e Integrantes - Comité Triple A
Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior
Comité Triple A
Normatividad
Decreto 210 del 3 de febrero de 2003
Artículo 5º: Determina los ConsejosSuperiores y Organismos Asesores del sector de comercio, industria y turismo, entre los incluye al Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior.
Artículo 21º: Asigna a laSubdirección de Prácticas Comerciales la función de Actuar como Secretaría Técnica del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior
Artículo 14º: Asigna al Viceministro de ComercioExterior la función de Presidir el Comité de Asuntos Arancelarios, Aduaneros y de Comercio Exterior.
Decreto 3303 del 25 de septiembre de 2006
Artículo 1°. Atribuye al Comité las siguientes funciones:1. Analizar y recomendar al Consejo Superior de Comercio Exterior y al Gobierno Nacional, conforme a las leyes que regulan la materia sobre los aspectos del régimen aduanero y arancelario y enparticular sobre:
Política aduanera acorde con el modelo de desarrollo económico y las prácticas del comercio internacional.
Control y evaluación de la aplicación de medidas arancelarias y aduaneras porparte de las entidades encargadas de su ejecución y sobre la adopción de los correctivos a que hubiere lugar.
Política de destino de los bienes aprehendidos o abandonados teniendo en cuenta elimpacto de la misma sobre la producción nacional y la conveniencia de efectuar su reexportación, donación o venta.
Adopción de la política arancelaria.
Establecimiento y variación de los aranceles ydemás tarifas arancelarias aplicables a las importaciones.
Variaciones en la metodología, criterios, objetivo y composición del mecanismo de estabilización de precios previsto en la Ley 7ª de 1991.Pertinencia de las solicitudes presentadas en relación con las modificaciones al arancel de aduanas, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Modificación del arancel de aduanas en lo...
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