función de los supuestos jurídicos
Es unilateral o recíproca. Hay función unilateral si la consecuencia de uno de los supuestos puede nacer aun cuando el supuesto jurídico fundado no se realicepor ejemplo: un trato de mutuo (supuesto fundante), se producen independientemente de que el deudor cumpla puntualmente o incurra en moral (supuesto fundado)
La fusión es recíproca si ninguno delos supuestos provoca aisladamente, al realizarse, consecuencias de derecho. Expresado en otra forma: los dos supuestos tienen que producirse para engendrar efectos jurídicos. De ello se infiere que lafusión reciproca se da entre supuestos jurídicos absolutamente dependientes.
La relación de función es, pues, reversible, por cada hecho jurídico parcial es al propio tiempo es, fundante y fundado.Hechos jurídicos de eficacia inmediata y de eficacia diferida
La eficacia de los hechos jurídico pueden consistir en la creación, la modificación, o la extinción deberes y facultades. En elprimer caso se habla de eficacia constitutiva; en el segundo de eficacia modificativa; y en el tercero de eficacia resolutoria.
La de los hechos jurídicos no siempre inmediata. A veces depende de unsuceso futuro.
Se dice entonces que el hecho es de eficacia diferida.
Cuando la eficacia ( constitutiva, modificativa o resolutoria) se encuentra sujeta al advenimiento o realización de un sucesocierto nos hallamos en presencia de un hecho jurídico sujeto a término .
Si, por el contrario el acontecimiento venidero es contingente o incierto, la eficacia del hecho resulta condicional
Cuando laeficacia constitutiva o modificativa, depende de un acompañamiento futuro e inevitable, el término es suspensivo.
El suspensivo condiciona unas veces el nacimiento o la modificación de unasdeterminadas consecuencias jurídicas; otras difiere solamente la exigibilidad de obligaciones preexistentes.
Un ejemplo: el artículo 2384 del código civil del distrito y territorios federales define...
Regístrate para leer el documento completo.