Fundamentacion
La Ley 3295 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL AGUA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES), cuyo objetivo esregular la gestión ambiental del agua de dominio público en su jurisdicción. Y son objetivos de la presente:
a. La protección ambiental, la remediación y la gestión ambiental del agua.
b.Asegurar una calidad ambientalmente adecuada del agua;
c. Proveer al uso y aprovechamiento, racionales, eficientes, equitativos y sostenibles del agua.
d. Promover las innovacionestecnológicas y la gestión de procesos ambientalmente adecuados.
La ciudad garantiza a todos sus habitantes el acceso al agua potable en cantidad y calidad suficientes para usospersonales y domésticos como derecho humano fundamental.
La Ciudad de Buenos Aires establece su política hídrica sobre la base de los principios rectores instituidos por elConsejo Hídrico Federal (COHIFE) en su Acuerdo Federal del Agua, del cual forma parte a través del Decreto 678/08.
Cuencas interjurisdiccionales. La Ciudad debe concertar conlas demás jurisdicciones con las que comparte cuencas hídricas, la adopción de medidas y políticas, y la definición de objetivos y programas de acción en dichas cuencas.
LaCiudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de la preservación del recurso implemento un monitoreo que evalué en forma sistemática los caudales y la calidad de los ríos y arroyos que atraviesan ocircundan la ciudad, y de sus lagos, mediante análisis físicos, químicos y biológicos y otros métodos apropiados, que aseguren una cobertura adecuada y lo más amplia posible de parámetros de calidad.La reglamentación de la presente fijará los análisis indicados en el párrafo anterior, los cuales no son limitativos de otras mediciones que requiera efectuar la Autoridad...
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