Fundamento Legal Pisorientadora
LEY 115 DE 1994ARTICULO 92. Formación del educando. La educación debe favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del educando, dar acceso a la cultura, al logro del conocimiento científico y técnico y a laformación de valores éticos, estéticos, morales, ciudadanos y religiosos, que le faciliten la realización de una actividad útil para el desarrollo socioeconómico del país.
Los establecimientoseducativos incorporarán en el Proyecto Educativo Institucional acciones pedagógicas para favorecer el desarrollo equilibrado y armónico de las habilidades de los educandos, en especial las capacidades parala toma de decisiones, la adquisición de criterios, el trabajo en equipo, la administración eficiente del tiempo, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y problemas y lashabilidades para la comunicación, la negociación y la participación.
DECRETO 1860
Artículo 40. Servicio de orientación. En todos los establecimientos educativos se prestará un servicio de orientaciónestudiantil que tendrá como objetivo general el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos, en particular en cuanto a:
a) La toma de decisiones personales;
b) Laidentificación de aptitudes e intereses;
c) La solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales;
d) La participación en la vida académica, social y comunitaria;
e) El desarrollo devalores, y
f) Las demás relativas a la formación personal de que trata el artículo 92 de la Ley 115 de 1994.
DECRETO 1278 DE 2002
ARTÍCULO 4. Función docente. La función docente es aquella decarácter profesional que implica la realización directa de los procesos sistemáticos de enseñanza - aprendizaje, lo cual incluye el diagnóstico, la planificación, la ejecución y la evaluación de los...
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