Fundamentos De La Instruccion Premilitar
El pardillo negro (Cordia thaisiana Agostini) es una
especie arbórea nativa de la región colombo-venezolana ,
la cual se encuentra distribuida desde Venezuela y las Antillas
hasta el sureste de México . Tiene importancia económica
y es relativamente abundante en el occidente venezolano .
Su madera se utiliza en mueblería, chapas decorativas,
armadura de barcos,ebanistería, construcción y carpintería
en general .
Actualmente, según resolución Nº 217 de fecha 23/6/2006
del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente de
Venezuela, el pardillo negro se encuentra vedado debido a la
sobreexplotación a la cual ha estado sometido por el alto valor
comercial que tiene en el mercado nacional.
Tomando en consideración que últimamente en los
sistemas agroforestalesnacionales se han venido
incorporando especies arbóreas de reconocido valor comercial
particularmente para sombrear plantaciones de cacao y lechosa ,
el pardillo negro se incluyó en un estudio
agroforestal localizado en El Vigía, Municipio Alberto Adriani
del estado Mérida. cuyo propósito fundamental fue evaluar
otras tres especies maderables: cedro (Cedrela odorata),caoba (Swietenia macrophylla) y apamate (Tabebuia rosea).
más cuatro cultivares criollos de cacao comúnmente
explotados en la región al sur del Lago de Maracaibo.
Específicamente se registraran las tasas de crecimiento (1)
y las respuestas fisiológicas del cacao y de las especies
maderables. La investigación se inició en enero de 2007 y
está siendo conducida por la Sección de Ecofisiología deCultivos del Instituto de Investigaciones Agropecuarias de
la Universidad de Los Andes.
LEYES QUE LO PROTEGEN
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Capítulo IX de los derechos ambientales – Artículo 129 – Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural.Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela No. 36.860 del 30 de Diciembre de 1999.
Ley Orgánica del Ambiente. Tiene por objeto establecer las disposiciones y desarrollar los principios rectores para la gestión del ambiente en el marco del
desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad del Estado y al logro delmáximo
bienestar de la población y al sostenimiento del planeta en interés de la humanidad. De igual forma establece las normas que desarrollan las garantías y derechos
constitucionales a un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela Extraordinaria No. 5.833 del 22 de Diciembre de 2006. (Deroga la Ley Orgánica del Ambientepublicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 31.004 del 16 de Junio de
1976).
Ley Penal del Ambiente. Tiene por objeto tipificar como delitos, aquellos hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y establece las sanciones penales correspondientes.
Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 4.358 Extraordinariodel 03 de Enero de
1992Decreto No. 1.257 de fecha 13-03-96, por el cual se dictan las Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente. Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 35.946 del 25 de Abril de 1996. (Se deroga el Decreto No. 2.213 de fecha 24-04-92, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 4.418
Extraordinario del 27 deAbril de 1992).
Resolución No. 56 de fecha 04-07-96, emanada del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, por la cual se dictan las Normas sobre Recaudos para la Evaluación Ambiental de Programas y Proyectos Mineros y de Exploración y Producción de Hidrocarburos.
Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 5.079 Extraordinario del 19 de Julio de 1996....
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