Fórmula (derecho romano)
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
SEGUNDO PARCIAL DE DERECHO ROMANO II
INTEGRANTES:
María Fernanda Restrepo
Christian Speid
Javier Valmayor
Panamá, 8 de julio de 2010.
FALLOS EN EL ESTADO PANAMEÑO
De forma unánime la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia no accedió a la demandacontra el Estado panameño que interpusieron dos de los sobrevivientes del bus 8-B06, Luis Contreras y Ligia Atencio, que se incendió el 23 de octubre de 2006, cerca del templo Hossana.
La decisión del pleno señala que no existe obligación del Estado para indemnizar a los demandantes, pues los responsables directos de los daños y perjuicios causados a las víctimas son tanto el dueño como elconductor del bus 8B-06.
Los magistrados lamentaron profundamente la muerte de las 18 personas y las lesiones a otros 25 ciudadanos como resultado del fatídico hecho. Sin embargo, advirtieron que "lo expresado en la presente sentencia obedece a la estricta aplicación del derecho a la cual nos obliga la Constitución y la Ley".
El fallo tuvo como ponente al magistrado Winston Spadafora y laconcurrencia de los magistrados Víctor Benavides y Alejandro Moncada Luna.
DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS INTERPUESTA POR LA FIRMA COCHEZ, MARTINEZ & ASOCIADOS EN REPRESENTACIÓN DE LIDIA ESTHER ATENCIO ROJAS Y LUIS ELIAS CONTRERAS VALDES, PARA QUE SE CONDENE A LA AUTORIDAD DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE (EL ESTADO PANAMEÑO) AL PAGO DIEZ MILLONES DEDÓLARES (B/.10,000,000.00) A CADA UNO, EN CONCEPTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, MATERIALES Y MORALES CAUSADOS POR LA PRESTACIÓN ANORMAL DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBICO DE PASAJEROS.
Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá
Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo
Ponente: Adán Arnulfo Arjona L.
Fecha: 2 de Abril de 2008
Materia: Acción contenciosa administrativa
Plena JurisdicciónExpediente: 633-07
VISTOS:
El resto de los Magistrados integrantes de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, en calidad de Tribunal de segunda instancia, conocen del recurso de apelación promovido por el Procurador de la Administración, contra el Auto de 14 de noviembre de 2007, expedido por el Magistrado Sustanciador, a través del cual admitió la demanda contenciosoadministrativa de indemnización por daños y perjuicios interpuesta por la firma Cochez, Martínez & Asociados en representación de Lidia Esther Atencio Rojas y Luis Elías Contreras Valdes, para que se condene a la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Estado Panameño), al pago de diez millones de dólares (B/.10,000,000.00), en concepto de daños y perjuicios materiales y morales, causados por laprestación anormal del servicio público de transporte.
FUNDAMENTO DEL RECURSO
El Procurador de la Administración fundamenta el referido recurso en los hechos siguientes: primero en que no se ha probado el agotamiento de los medios para exigir la responsabilidad penal al funcionario que hubiese causado el daño y en segundo lugar que no se ha demostrado que el Estado sea responsable subsidiariamentepor el monto de los daños y perjuicios derivados de hechos punibles cometidos por los servicios público con motivo del desempeño de sus funciones.
El mencionado representante del Ministerio Público remite medularmente su análisis haciendo una relación de los numerales 8, 9 y 10 del artículo 97 del Código Judicial, sosteniendo que previo a la admisión de la demanda cuando el funcionario o lainstitución realicen actos constitutivos de delitos debe acreditarse la sentencia condenatoria en contra del servidor público que haya incurrido en delito, cuestión que dice no ha ocurrido en el presente caso.
Registro Judicial, Abril de 2008 Acción contenciosa administrativa 469
Lo anterior también lo sustenta en el hecho de que las partes demandantes alegan que sufrieron lesiones personales...
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