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El Ministerio de Salud, estableció, en forma obligatoria la implementación de Buenas Prácticas de Manufactura y/odel Sistema HACCP en Empresas de Alimentos, a través de una modificación del Reglamento Sanitario de los Alimentos (DS 977), quedando de la siguiente forma: “Los establecimientos deproducción, elaboración, preservación y envase de alimentos deberán cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura (GMP) incluidas en este Reglamento de forma sistematizada y auditable.
Aquellosque la Autoridad Sanitaria determine, según criterios establecidos en la norma técnica que para tales efectos dicte el Ministerio de Salud, deberán además implementar las metodologías deAnálisis de Peligros y Puntos Críticos de Control en toda su línea de producción (HACCP), según lo dispuesto en la Norma Chilena Oficial NCh 2861, vigente”.
Para la implementación de estaNorma, CORFO posee un Instrumento de Fomento a la calidad (FOCAL) para las PyMEs (Empresas que facturen anualmente menos de 100.000 UF), que bonifica el 50% de la implementación y certificación.¿Qué empresas pueden implementar esta norma?
Empresas del rubro alimentico que quieran identificar y solucionar riesgos sanitarios en la producción de alimentos. Empresas productoras dealimentos, empresas relacionadas a la cadena de distribución de alimentos, Casinos de alimentación colectiva, Hoteles, Restaurantes, Supermercados, fabricantes de envases de alimentos, etc.
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