Garantia Global
La garantía global presentada a la SUNAT previa a la numeración de una declaración cubre las deudas generadas por las DUAs numeradas durante su vigencia siempre que las mismas se acojan a su cobertura.
Inclusive en el último día de su vigencia, en cuyo caso el declarante se encuentra obligado a su renovación conforme a lo dispuesto por el artículo 219° del Reglamento de la LeyGeneral de Aduanas.
En caso de incumplimiento en la obligación de renovación de la garantía, la
Autoridad Aduanera deberá proceder su ejecución conforme a lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 160° de la Ley General de Aduanas.
ANALISIS:
A fin de dar respuesta a la consulta formulada, debemos precisar los alcances de la cobertura de la garantía global establecida por elartículo 160° de la Ley General de Aduanas, artículo que sobre el particular dispone lo siguiente:
Artículo 160º.- Garantía Global y Específica previa a la numeración de la declaración
Los importadores y exportadores y beneficiarios de los regímenes, podrán presentar, de acuerdo a lo que defina el Reglamento, previamente a la numeración de la declaración de mercancías, garantías globales oespecíficas, que garanticen el pago de la deuda tributaria aduanera, derechos antidumping y compensatorios provisionales o definitivos, percepciones y demás obligaciones de pago que fueran aplicables.
La garantía es global cuando asegura el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a más de una declaración o solicitudes de régimen aduanero (...). El plazo de estas garantías no será mayor a un(1) año y a tres (3) meses, respectivamente, pudiendo ser renovadas de acuerdo a lo que se establezca en el Reglamento. En caso no se cumpla con la renovación de la garantía, la Administración Aduanera procederá a requerirla.
De ser necesaria la ejecución de esta garantía en el caso de deudas declaradas y otras que se generan producto de su declaración tales como antidumping, percepciones, entreotras, se procederá a hacerlo de manera inmediata una vez que sean exigibles, no siendo necesaria la emisión ni notificación de documento alguno.
(...)
PREGUNTAS FRECUENTES
PROCEDIMIENTO SISTEMA DE GARANTÍAS PREVIAS A LA NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN (ARTICULO 160° DECRETO LEGISLATIVO 1053)
IFGRA.PE.39
1. ¿Cuáles son las principales ventajas del Mecanismo?
Las principalesventajas del mecanismo son las siguientes:
a) Levante en un máximo de 48 horas para aquellas declaraciones numeradas como despachos anticipados, aún con incidencia tributaria detectada.
Las declaraciones seleccionadas a control son verificadas documentariamente y en caso de reconocimiento físico se obtienen las muestras respectivas y se otorga el LEVANTE sin realizar determinaciones y posponiendoéstas para la etapa de conclusión del despacho.
Se exceptúan de esta ventaja las mercancías restringidas sin autorización y las mercancías sobre las que se haya dispuesto medida preventiva: Inmovilización, incautación o medidas en frontera.
b) Financiamiento.
Este mecanismo funciona como una tarjeta de crédito, proporcionando un plazo de financiamiento (sin intereses) de hasta 50 días,debido a la concentración de pago los días 20 de cada mes. Es decir que las declaraciones garantizadas anticipadas que sean numeradas durante un mes podrán ser canceladas hasta el día 20 del mes siguiente al término de la descarga y las numeradas de forma excepcional hasta el día 20 del mes siguiente a la fecha de numeración de la declaración.
2. ¿Quiénes pueden ingresar al mecanismo?Pueden acogerse al mecanismo todos los usuarios del Régimen de Importación para el consumo que puedan obtener una garantía (Carta Fianza o Póliza de Caución) que cubra el monto mínimo establecido por la Administración Aduanera.
3. ¿Qué tipos y modalidades de garantías se pueden utilizar?
Los tipos de garantías son:
* Global: Ampara múltiples despachos a nivel nacional del régimen de...
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