gastis bi deducibles
Gastos Deducibles: Son aquellos gastos aceptados tributariamente por SUNAT para poder deducir elImpuesto a la Renta. Se les llama también gastos no reparables, porque son gastos que sí acepta la administración tributaria, ya que cumplen con el principio de causalidad.
1. Gastos devengados enel ejercicio, excepto cuando el beneficiario genera renta de 2da., 4ta. y 5ta. categoría y no han sido pagados hasta la presentación o vencimiento de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a laRenta, en este supuesto se deducen en el ejercicio de su pago.
2. Intereses, con las siguientes limitaciones:
1. Con personas vinculadas (Intereses calculados sobre el Endeudamiento comprendidodentro del nivel máximo de endeudamiento, que equivale a 3 veces el Patrimonio Neto)
2. El gasto financiero sólo el exceso sobre el interés exonerado
3. Pérdidas extraordinarias (No se admiten lasindemnizadas y se exige acción judicial).
4. Depreciación (Contabilizada y hasta porcentaje máximo admitido). Para pequeñas empresas se permite depreciación acelerada.
Amortización (Solo de vida útillimitada, en un plazo máximo de 10 años)
5. Mermas (debe encontrarse acreditada); Desmedros (destrucción ante Notario Público y previa comunicación a SUNAT).
6. Provisión de Cobranza Dudosa (AcreditarDificultades financieras y que se discrimine en el Libro de Inventarios y Balances).
7. Gastos liberales otorgados a los trabajadores (Aguinaldos, Canastas de Navidad y Similares, GratificaciónExtraordinaria). Renta de Quinta Categoría, Generalidad y pago antes del vencimiento de la Declaración Jurada Anual.
8. Gastos de salud, culturales, educativos y recreativos (límite 0.5% IN, con unmáximo de 40 UIT). Deben cumplir generalidad.
9. Valor de Mercado de Remuneraciones (Aplicable en el caso de accionistas y familiares, vinculados que trabajen en el negocio). Remuneración que excede...
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