geografia
Colegio parroquial san José
Trabajo de:
Geografía económica
Profesora:
Marleys valerin
Pertenece a:
Mario beitia
Nivel:
11-2
Fecha de entrega:
15 de junio del 2013
Artículo 42. El período inicial de cada permiso de reconocimiento superficial tendrá una duración de seis
(6) años.
Artículo 43. El período inicial de cada concesión deexploración será de cuatro (4) años y cualesquiera
De los otros preceptos que se apliquen a esa concesión. La superficie máxima de hectáreas que podrán
Ser retenidas en una concesión será de 25,000 hectáreas. Para una concesión de extracción el período
Inicial y el número máximo de hectáreas que podrán ser retenidas será de acuerdo con la siguiente
Clasificación:
Concesión de E
ClasePeríodo
Superficie (Ha)
I
25
5,000
II
25
5,000
III
10
3,000
IV
20
5,000
V
25
10,000
VI
25
5,000
Artículo modificado por el Artículo 9 de la Ley 3 del 28 de enero de 1988, publicada en la Gaceta Oficial
20,985 del 8 de febrero de 1988.
Artículo 44. Mediando solicitud, y habiéndose comprobado justa causa, a juicio del Órgano Ejecutivo,
Podrá éste prorrogar por dos (2) vecesel término de la concesión de exploración, por un período de dos
(2) años cada vez, siempre que al solicitar la prórroga el concesionario acepte los privilegios, términos y
Obligaciones vigentes al tiempo de efectuarse cada una de las mismas, o en lugar de ello, devuelva en
Ese momento por lo menos el quince por ciento (15%) de cada zona retenida de acuerdo con la
Concesión que se pretendeprorrogar y siempre que haya cumplido con todas las obligaciones relativas a
Su concesión.
Artículo 45. En atención a solicitud presentada, el Órgano Ejecutivo otorgará tres (3) prórrogas de la
Concesión de extracción: la primera por un período de diez (10) años, la segunda y tercera, por períodos
De cinco (5) años cada una, siempre que al solicitarlas el concesionario acepte los privilegios,términos y
Condiciones vigentes en esa fecha o en su lugar devuelva en ese momento por lo menos el veinte por
Ciento (20%) de cada zona retenida bajo la concesión que se pretende prorrogar.
Artículo 46. El período inicial de una concesión de transporte o de beneficio será de veinticinco
(25) años. En caso de solicitud, el Órgano Ejecutivo otorgará tres (3) prórrogas de cualquiera de estasConcesiones: La primera por un período de diez (10) años y la segunda y tercera, por un período de cinco
(5) años cada una, siempre que al solicitarla el concesionario acepte los privilegios, términos y
Condiciones vigentes en dichas fechas.
Artículo 47. La superficie total comprendida en cada concesión de exploración así como también la
Superficie de cualquiera zona dentro de tal concesión, ylos minerales específicos dentro de cada clase
De mineral particularmente considerado en dicha concesión, podrán ampliarse, previa solicitud
Aprobada por el Órgano Ejecutivo, durante el período inicial de la concesión siempre que el aumento no
Ocasione conflictos con otra concesión vigente, y se sujete a las limitaciones de este Código. Tal
Aumento no alterará la fecha de vencimiento de laconcesión, ni cualesquiera de los otros preceptos
Que se apliquen a esa concesión.
Artículo 48. Cualquiera concesión de exploración o concesión de extracción podrá estar constituida por
Una sola zona, o por más. En ningún momento podrán existir más de ocho
(8) zonas amparadas por la misma concesión minera. Las zonas que hayan sido establecidas
© Santillana S.A.
Separadamente dentro de unaconcesión no podrán ser reunidas o combinadas después. Tampoco se
Podrá hacer ninguna subdivisión de una concesión de exploración en zonas separadas después de
Cuatro (4) años de la fecha en la cual la concesión entre en vigencia, ni se podrá subdividir ninguna
Concesión de extracción en zonas separadas después de un (1) año a partir de la fecha en la cual la
Concesión entre en vigencia....
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