geografia
Se reconoce el derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter Estas asociaciones podrán desarrollar cualesquier tipo de actividad económica,de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficioscolectivos.
El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa.
Artículo 70.
Son medios de participación y protagonismo del pueblo enejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa. Constitucional y constituyente, elcabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autosugestión, lacogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutuacooperación y la solidaridad.
La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo.
Artículo 184.
La ley creará mecanismos abiertosy flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidadpara prestarlos, promoviendo:
La transferencia de servicios en materia de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimientoy conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. A tan efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán...
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