Geral lo mas
ARTICULO 3º - Formúlese la siguiente reserva en el acto deratificar los pactos y adherir al protocolo: "La República Argentina rechaza la extensión de la aplicación del pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales y del pactointernacional de derechos civiles y políticos -adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966- a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, que fue notificadapor el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al secretario General de las Naciones Unidas el 20 de mayo de 1976 y reafirma sus derechos de soberanía sobre los mencionados archipiélagos queforman parte integrante de su territorio nacional.
'La Asamblea General de las Naciones Unidas ha adoptado las Resolución N° 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12 y 39/6 en las que se reconocela existencia de una disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas y se urge a la República Argentina y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a mantener negociacionesa fin de encontrar lo antes posible, una solución pacífica y definitiva de la disputa con la interposición de los buenos oficios del secretario General de las Naciones Unidas quien deberá informar ala Asamblea General acerca de los progresos realizados."
ARTICULO 4º - Formúlese también la siguiente reserva en el acto de la adhesión: "El Gobierno Argentino manifiesta que la aplicación del...
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