Gerencia Pública
REFORMAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Ley 1444 de 2011 ‐ Facultades Extraordinarias‐
El artículo 150‐7 de la Constitución Política asigna al Congreso de la República la
competencia para establecer la estructura de la administración pública nacional;
potestad que puede ser trasladada transitoriamente al Ejecutivo Nacional en
desarrollo de facultades extraordinarias contempladas en el numeral 10 del mismo
artículo.
Correlativamente, los numerales 15 y 16 el artículo 189 de la Carta Fundamental
establecen como funciones del Presidente de la República la de “Suprimir o fusionar entidades u organismos administrativos nacionales de conformidad con la ley” y la de
“Modificar la estructura de los Ministerios, Departamentos Administrativos y demás
entidades u organismos administrativos nacionales, con sujeción a los principios y
reglas generales que defina la ley”. Estas funciones son permanentes y permiten al Gobierno Nacional, dentro del marco de la respectiva ley, organizar la administración
pública nacional atendiendo las necesidades de la organización pública.
Dentro de este contexto normativo, el Congreso de la República, a través de la Ley
1444 del 4 de mayo de 2011, escindió unos ministerios y otorgó precisas facultades al
Presidente de la República para modificar la estructura de la administración pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación.
Por virtud de la mencionada ley, fueron escindidos directamente por el Legislador los
Ministerios del Interior y de Justicia, Protección Social y Ambiente y Vivienda y
Desarrollo Territorial, dando como resultado la creación de tres nuevos ministerios y la
consecuente reorganización de los primeros, así:
Escisión y reorganización del Ministerio del Interior y de Justicia en Ministerio
del Interior y la creación del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Escisión y reorganización del Ministerio de la Protección Social en Ministerio de
Trabajo y la creación del Ministerio de Salud y Protección Social.
Escisión y reorganización del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la creación del
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Igualmente, en desarrollo de la Ley 1444 de 2011 se crea la Agencia Nacional de
Defensa Jurídica de la Nación como una unidad administrativa especial, con personería
jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrita al Ministerio de
Justicia y del Derecho.
La misma ley otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República, por el
término de seis meses, para los siguientes propósitos:
Noviembre de 2011. Presidencia de la República
Página 1
Reformas de la Administración Pública. Ley 1444 de 2011
“a) Crear, escindir, fusionar y suprimir, así como determinar la denominación,
número, estructura orgánica y orden de precedencia de los departamentos
administrativos;
“b) Determinar los objetivos y la estructura orgánica de los Ministerios creados por
disposición de la presente ley, así como la integración de los sectores
administrativos respectivos;
“c) Modificar los objetivos y estructura orgánica de los Ministerios reorganizados
por disposición de la presente ley, así como la integración de los sectores
administrativos respectivos;
“d) Reasignar funciones y competencias orgánicas entre las entidades y organismos
de la Administración Pública nacional y entre estas y otras entidades y organismos
del Estado;
“e) Crear, escindir y cambiar la naturaleza jurídica de los establecimientos públicos ...
Regístrate para leer el documento completo.