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INSPECCIÓN, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN Y CONTROL
DE INSTITUCIONES QUE PRESTAN SIMULTANEAMENTE EL SERVICIO DE EDUCACIÓN
FORMAL PREESCOLAR E INICIAL DESDE EL ENFOQUE DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA
PRIMERA INFANCIA (AIPI) EN EL
DISTRITO CAPITAL
Elaborado Por: Julio Roberto Suarez.
Gerente Unidad Especial de Inspección Educativa. SED.
Soraya Astrid Murcia Quintero.
AsesoraSubsecretaría SDIS.
María Lilia Mendez
Supervisora. SED.
Natalia Domínguez
Asesora Subsecretaría SDIS.
Claudia Milena Gómez Díaz
Coordinadora. Subdirección para la Infancia. SDIS.
Jeason A. Cossio Ibarguen.
Coordinador de Equipos de Inspección y Vigilancia. SDIS.
Yaneth Jerez Tirado.
Integrante equipo de Control. SDIS.
Bogotá D.C., 24 de junio de 2009
Aprobó
Jorge Torres
Subsecretariode Integración
Interinstitucion
al SED
Olga Velasquez
Subsecretaría
de Integración
Social SDIS
William Sanchez
Director de
Preescolar y
Básica
SED
Constanza
Alarcon
Subdirectora
para
la Infancia
SDIS
Leonel Nieto
Director de
Inspección y
Vigilancia
SED
Norma
Guzman
OAJ
SDIS
Carlos
Campo
OAJ
SED
PROPUESTA DE
INSPECCIÓN, VIGILANCIA, SUPERVISIÓN Y CONTROLSOBRE INSTITUCIONES QUE
PRESTAN SIMULTANEAMENTE EL SERVICIO DE EDUCACIÓN FORMAL PREESCOLAR
Y EDUCACIÓN INICIAL DESDE EL ENFOQUE DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA
INFANCIA (AIPI)1
La intervención de las Secretarías de Educación y de Integración Social sobre los
establecimientos que ofrecen el servicio de educación a la primera infancia en el distrito
capital, se ejerce teniendo en cuenta que“corresponde al Estado regular y ejercer la suprema
inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento
de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el
adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para
su acceso y permanencia en el sistema educativo”2 y quedicha función les ha sido asignada a
través de la Ley 115 de 1994, el Decreto 907 de 1996 y las disposiciones distritales
contenidas en el Acuerdo 138 de 2004, del Concejo de Bogotá y el Decreto 057 de 2009.
En concordancia con lo anterior, la Corte Constitucional en su Sentencia SU-624 de 1999, se
pronuncia definiendo la educación como “un servicio público que es prestado tanto por el
Estadocomo por los particulares bajo la regulación, control y vigilancia de aquel. Como se ve,
las instituciones educativas de carácter privado gozan de protección estatal pero al mismo
tiempo están sujetas a la reglamentación legal que permite y regula su ejercicio a fin de velar
por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y
física de los alumnos y alas obligaciones propias de quien presta un servicio público”.
De otra parte, el artículo 29 de la Ley 1098 de 2006, establece el derecho al desarrollo integral
de la primera infancia, asumiendo que esta corresponde a la etapa del ciclo vital en la que se
establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano y que
comprende la franja poblacional que va de loscero (O) a los seis (6) años de edad,
reconociéndole como impostergables los derechos a la atención en salud y nutrición, el
esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos, la educación inicial
además del deber de garantizar el registro civil de todos los niños y las niñas en el primer
mes de vida.
En su artículo 208 esta misma Ley dispone que “Se entiende porvigilancia y control las
acciones de supervisión, policivas, administrativas, y judiciales, encaminadas a garantizar el
cumplimiento de las funciones y obligaciones para la garantía y restablecimiento de los
derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y su contexto familiar y prevenir su
vulneración a través del seguimiento de las políticas públicas y de la evaluación de la gestión
de los...
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