gewrgsdfawe

Páginas: 9 (2073 palabras) Publicado: 1 de abril de 2013
EXP. Nº 07577-2006-PA/TC
LIMA
ANDRÉS DARG
BARBIERI

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 30 días del mes de noviembre de 2007, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Mesía Ramírez, Vergara Gotelli, y Calle Hayen, pronuncia la siguiente sentencia, con el fundamento de voto adjunto del magistrado Vergara Gotelli

ASUNTO
Recurso deagravio constitucional interpuesto por Andrés Darg Barbieri contra la sentencia de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fojas 553, su fecha 22 de mayo de 2006, que declara infundada la demanda de autos.


ANTECEDENTES

Demanda

Con fecha 13 de diciembre de 2004 el recurrente interpone demanda de amparo contra Herbert Moebius Castañeda, Roberto Mariano BelaundeBeneducci, César Orrego Espinoza, Víctor Attilio Battifora Varela, Fernando Flores Araoz Gratta y Walter Castañeda Ortiz, en su calidad de miembros del Consejo Directivo del Jockey Club del Perú, solicitando que se deje sin efecto el acuerdo adoptado por los demandados el 6 de diciembre de 2004, mediante el cual se decide la destitución de su cargo de vicepresidente del Consejo Directivo del JockeyClub del Perú, lo que vulnera sus derechos al debido proceso y a la libertad de asociación.

El recurrente manifiesta que en forma arbitraria fue destituido de su cargo, toda vez que no había incurrido en ninguna de las causales de vacancia previstas en el artículo 47º de los Estatutos del Jockey Club del Perú; que se vulneró su derecho de defensa puesto que no ha podido conocer lascausales por las cuales se le destituyó del cargo; y que se le ha negado la posibilidad de realizar los descargos correspondientes contra las conductas que se le atribuyen (fojas 56).









Contestación de la demanda

El Jockey Club del Perú contesta la demanda señalando que el acuerdo de remoción del recurrente en el cargo de vicepresidente del Consejo Directivo se tomó luego de queel presidente de dicho órgano expresase a los otros directores que había perdido la confianza en don Andrés Darg Barbieri, detallando además los actos que éste habría realizado en contra de su persona y de la institución. Asimismo, sostiene que de acuerdo a los Estatutos del Jockey Club del Perú, el Consejo Directivo sí se encuentra facultado para destituir de su cargo al vicepresidente delConsejo Directivo, y que en el presente caso el recurrente sólo se ha sido cesado de este cargo y no de su calidad de director.

De otro lado, los demandados Herbert Moebius Castañeda, Victor Attilio Battifora Varela, César Orrego Espinoza y Roberto Mariano Belaunde Benaducci, contestan la demanda señalando que no eran aplicables al recurrente las causales de vacancias previstas en elartículo 47º de los Estatutos, dado que éstas se refieren a la remoción en el cargo de director y no a la remoción en el cargo de Vicepresidente o Presidente del Consejo Directivo; y que si bien mediante el acuerdo impugnado se cesó al recurrente en el cargo de Vicepresidente, dicho acuerdo no desconoció el cargo de director que ostentaba. Asimismo, sostienen que no se ha vulnerado el derecho dedefensa del recurrente, dado que previamente se le notificó la agenda de la sesión extraordinaria del 6 de diciembre de 2004, en la que estaba incluida su remoción.

Sentencia de primera y segunda instancia

Con fecha 10 de octubre de 2005, el Quincuagésimo Octavo Juzgado Civil de Lima declara infundada la demanda por considerar que no se ha vulnerado el derecho al debido proceso del recurrentedebido a que éste tuvo la oportunidad de plantear sus argumentos de defensa ante el Consejo Directivo del Jockey Club del Perú con respecto a las imputaciones que se le atribuía y asimismo debido a que pudo ejercer su derecho al voto en su calidad de director cuando se adoptó el acuerdo que se impugna mediante el presente proceso.

Por su parte, con fecha 22 de mayo de 2004, la Cuarta Sala...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS