BAxcbaLK=NCAc.=,ascv.,nklcnaVNLÑCVÑ lN,A.ñV;n as;:N Vasm,.n vKLÑASNvñLNasvnñnASMVÇÑasm,çñCm,ascm,ñmcvás,çCVá,çsc,ç;Z>%;c=Z>,c%Z>;c=Z>;c=Z>;c=;z;vZ>;v;zV;ZX;V;%;,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,çñ´;czC;c,Z>;c;c;C;>;c;cvÁMvñmasvasvñ;sVmientras la necesidad de asumir su pago durante el desarrollo del proceso recibe una mínima atención, la importancia otorgada alpago y al reembolso de las costas se observa también en el código de procedimiento civil, el cual no existe un precepto que de forma expresa obligue a las partes al pago de dichas costas, solo de manera excepcional, en determinados supuestos, el Código Procesal Civil dispone que un determinado tramite se llevara a cabo "a costa del interesado",señalando por tanto a quien corresponde el pago durantela tramitación, como en los artículos 592, 629 y 902 ejusdemEn primer lugar, desde el inicio del proceso y durante su tramitación cada una de las partes asume las costas derivadas de los distintos actos procesales en que esta interesada. Con posterioridad, como principio general, la parte totalmente vencida debe restituir al litigante contrario las costas del proceso habido entre ambos.Considerando lo antes planteado, procederemos con el estudio de los Artículos subsiguientes de la Ley de Abogados. Siguiendo con el análisis de este título de la Ley de Abogados; en el articulo 23 se dispone: "Las costas pertenecen a la parte, quién pagará los honorarios a sus apoderados, asistentes o defensores. Sin embargo, el abogado podrá estimar sus honorarios y pedir la intimación al respectivoobligado, sin otras formalidades que las establecidas en esta ley´ .Entendemos por la Intimación, entonces, la solicitud mediante la cual el abogado requiere el pago de sus honorarios de acuerdo la estimación que haya hecho. Este texto jurídico no tiene otro objeto que no sea el de que, por su efecto, el abogado esté dotado de una acción personal y directa contra el condenado en costas para hacerefectivo el derecho a ser retribuido por la prestación de sus servicios .En esta forma, aunque desde un punto de vista formal, las costas pertenecen a la parte, el verdadero y legítimo titular, desde un punto de vista sustancial del derecho a cobrar honorarios, es el abogado que los ha devengado a medida que han ido realizando los correspondientes trabajos judiciales. Se puede agregar, que lo que setrata es de impedir que el litigante vencedor perciba directamente lo debido por costas y que en rigor pertenece a los profesionales. Conviene indicar, que hay dos formas de hacer la tasación de las costas (exceptuando los honorarios): una, por medio de la Secretaría del tribunal, de acuerdo con el Artículo 31 de la Ley de Arancel Judicial; y otra, por la propia parte, que en su escrito o solicitud deintimación pormenoriza las diferentes partidas de costas y sus montos. Pero, en todo caso, esa tasación no es definitiva ni vinculante para la deudora, quien tiene el derecho de objetarla por cualquiera de los motivos que indica el Artículo 32 de la Ley de Arancel Judicial, esto es, por errores materiales, por haber sido liquidadas en desacuerdo con el arancel, por la improcedencia de ciertapartidas, o por cualquier otra causa conducente .En cambio, la tasación de los honorarios de abogado la hace el mismo profesional. La Ley de Abogados permite, de acuerdo con el artículo en comento, que a los efectos de la condenatoria en costas, los abogados puedan anotar al margen de todo escrito o diligencia, pormenorizadamente, el valor en que estimen la actuación profesional y, en su defecto, loharán en escrito dirigido al tribunal para ser anexado al expediente respectivo. En todo caso, la parte condenada en costas podrá pedir re tasa de la cantidad que estime o haya cobrado el abogado de la parte contraria. Para continuar con el análisis, se considera procedente determinar, qué entendemos por retasa. La retasa es la impugnación de la estimación de honorarios que hace la parte...
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