GLOSARIO Lel
Derecho: Conjunto de reglas que rigen las relaciones sociales.
Dirigiere: Dirigir, tr. Enderezar, llevar rectamente algo hacia un término o lugar señalado.
Noción: 1. f. Conocimiento o idea que se tiene de algo. 2. f. Conocimiento elemental.
Justo: (Del lat. iustus). adj. Que obra según justicia yrazón.
Injusto: (Del lat. iniustus). adj. No justo o equitativo.
Concebir : (Del lat. concipĕre). Formar idea, hacer concepto de algo.
Edicto: (Del lat. edictum). 1. Mandato, decreto publicado con autoridad del príncipe o del magistrado. 2. Escrito que se fija en los lugares públicos de las ciudades y poblados, y en el cual se da noticia de algo para que sea notorio a todos.
Derecho Positivo:Conjunto de reglas cuya observancia está prescrita y sancionada en los distintos pueblos.
Menoscabo: m. Efecto de menoscabar.
Menoscabar: (De menos y cabo1). 1. tr. Disminuir algo, quitándole una parte, acortarlo, reducirlo. 2. Causar mengua o descrédito en la honra o en la fama.
Perturbar: (Del lat. perturbāre). tr. Inmutar, trastornar el orden y concierto, o la quietud y el sosiego de algo ode alguien.
Derecho Romano: Es el conjunto de principios de Derecho que han regido a la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del Emperador Justiniano.
Legislación: (Del lat. legislatĭo, -ōnis). f. 1.Conjunto o cuerpo de leyes por las cuales se gobierna un Estado, o una materia determinada. 2. Ciencia de las leyes.
Susceptible: (Del lat.susceptibĭlis). adj. Capaz de recibir modificación o impresión.
Cesado: (Del lat. cessāre). intr.1. Dicho de una cosa: Suspenderse o acabarse. 2. intr. Dejar de hacer lo que se está haciendo.
Título: (Del lat. titŭlus). m. Documento jurídico en el que se otorga un derecho o se establece una obligación.
Protestar: (Del lat. protestāri). tr. Declarar o proclamar un propósito.
Caduco: (Del lat. cadūcus). adj.decrépito (sumamente viejo).
Anticuado: (Del part. de anticuar). adj. Que está en desuso desde hace tiempo; pasado de moda; propio de otra época. Apl. a pers.
Bagaje: m. Conjunto de conocimientos o noticias de que dispone alguien. Bagaje intelectual, artístico.
Escolástica: (Del lat. scholastĭcus). adj. Perteneciente o relativo a las escuelas medievales o a quienes estudiaban en ellas.Consiguiente: (Del lat. consĕquens, -entis, part. act. de consĕqui, seguir). adj. Que depende y se deduce de otra cosa.
Jurista: (Del lat. ius, iuris, derecho, e -ista). 1 Persona que ejerce una profesión jurídica. 2 desus. jurisconsulto (‖ persona dedicada al estudio, interpretación y aplicación del derecho).
Jurisprudencia: Según Ulpiano la define: El conocimiento de las cosas divinas y humanas y cienciade lo justo y de lo injusto. (Del lat. iuris prudentĭa). f. Criterio sobre un problema jurídico establecido por una pluralidad de sentencias concordes.
Deducción: (Del lat. deductĭo, -ōnis). f. Acción y efecto de deducir.
Deducir: (Del lat. deducĕre). tr.1 Sacar consecuencias de un principio, proposición o supuesto. 2 Der. Dicho de las partes: Alegar, presentar sus pretensiones o defensas.Aptitud: (Del lat. aptitūdo). f. Capacidad para operar competentemente en una determinada actividad.
Filosofía: (Del lat. philosophĭa, y este del gr. φιλοσοφία). f. Conjunto de saberes que busca establecer, de manera racional, los principios más generales que organizan y orientan el conocimiento de la realidad, así como el sentido del obrar humano.
Razón: (Del lat. ratĭo, -ōnis). f. Acto de discurrirel entendimiento.
Discurrir: (Del lat. discurrĕre). tr. Inventar algo.
Concesión: (Del lat. concessĭo, -ōnis). f. Acción y efecto de conceder. Der. Negocio jurídico por el cual la Administración cede a una persona facultades de uso privativo de una pertenencia del dominio público o la gestión de un servicio público en plazo determinado bajo ciertas condiciones.
Conceder: (Del lat. concedĕre)....
Regístrate para leer el documento completo.