glosas

Páginas: 8 (1881 palabras) Publicado: 7 de mayo de 2013
INDEBIDA ACUMULACION DE PRETENSIONES - Rechazo de la demanda / AUTO - Ordena corregir la demanda / RECHAZO DE LA DEMANDA - Por indebida acumulación de pretensiones / AUTO QUE RECHAZA LA DEMANDA - Incongruencia en lo solicitado por el tribunal / RECHAZO DE LA DEMANDA - Por un defecto que no puso en conocimiento de la parte

El a quo no precisó los defectos por los cuales se rechazó la demanda,pues al momento de proferir el auto de no curso de la demanda del 1º de diciembre de 2009, en el numeral 3º indicó que el demandante debía “determinar claramente cual es el sujeto pasivo de la acción, toda vez que los hechos que la configuran nacen de relaciones diferentes”. Es decir, que le ordenó corregir para “determinar”, o sea, distinguir a quien demandaba. La demandante, en escritocorrectivo, precisó que demandaba a Bogotá Distrito Capital y a las Empresas Sociales del Estado en las que prestó sus servicios, donde además, sustentó las razones por las cuales demandaba a la entidad territorial y a los citados hospitales. En otras palabras no existe congruencia entre el defecto anotado que induce a la demandante a corregir la demanda para distinguir o discernir a quien demanda,mientras que, el a quo rechazó la demanda por indebida acumulación de pretensiones; es decir, que rechazó la demanda respecto de un defecto que no puso a su conocimiento, lo que resalta la improcedencia de dicha actuación. En el mismo sentido se aclara que la presente providencia se profiere por Sala, conforme al artículo 181 numeral 1) del C.C.A., en concordancia con el artículo 61 de la Ley 1395 de2010, pues se trata de la apelación del auto que rechaza la demanda.

FUENTE FORMAL: CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTICULO 207


CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

SUBSECCION "B"

Consejero ponente: VICTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de febrero de dos mil once (2011).

Radicación número:25000-23-25-000-2009-00448-01(1649-10)

Actor: GRICELIA GUERRERO DIAZ

Demandado: BOGOTA D.C. - HOSPITAL EL TUNAL E.S.E. Y HOSPITAL MEISSEN II NIVEL E.S.E.



Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto del 22 de abril de 2010, proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección B, que rechazó la demanda por indebida acumulación depretensiones.


La Demanda. En ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, GRICELIA GUERRERO DÍAZ, mediante apoderado, instauró demanda tendiente a obtener la nulidad de los Contratos celebrados entre la actora y los Hospitales El Tunal y Meissen entre enero de 1999 y septiembre de 2002; los convenios celebrados entre las demandadas y la Cooperativa de Trabajo Asociado“UNICOOP”; las respuestas dadas por las entidades a la petición de reconocimiento de la relación laboral administrativa entre ellas y la demandante.

A título de restablecimiento del derecho solicitó declarar la existencia solidaria de la relación laboral, única y permanente, entre las entidades y la actora por el período comprendido entre el 28 de enero de 1999 y el 30 de agosto de 2006; ordenara las entidades demandadas, reconocer, liquidar y pagar a su favor el reajuste de su remuneración a lo devengado por las Enfermeras Jefes de Enfermería; las cesantías, primas, bonificaciones y demás prestaciones sociales dejadas de percibir; debidamente indexadas; se la reintegre en el cargo que venía desempeñando, sin solución de continuidad; una vez restituida en el cargo se convoque aconcurso público para proveer el cargo donde la actora participe en igualdad de condiciones; que se le pague las indemnizaciones a que haya lugar; que se le restituyan las sumas pagadas por ella en la legalización de los contratos así como los aportes a la Seguridad Social; y, condenar en costas a las demandadas.

A folio 218, la actora modificó la demanda solicitando se declaren nulos los...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Glosas
  • Glosas
  • Glos
  • Glosas
  • Glosas
  • glosas
  • glosa
  • glosas

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS